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Trabajadores en una empresa

Trabajadores en una empresaGetty Images/jacoblund

Las empresas tendrán que compensar los festivos que caigan en un día de libranza

La Audiencia Nacional ha declarado ilegal que las empresas hagan desaparecer festivos mediante los cuadrantes de trabajo

La Audiencia Nacional ha dictado doctrina y ha declarado ilegal que las empresas no compensen con un día de descanso los festivos que coincidan con el descanso semanal en sábado.

La sentencia responde a una demanda colectiva interpuesta por la Asesoría Confederal de USO contra el convenio de los Contact Center. En ella se reconoce el derecho de las personas trabajadoras a disfrutar de un día adicional de descanso cuando exista solapamiento entre festivo y libranza. Además, obliga a compensar los casos que «no hayan prescrito» y será extensible para todos los sectores.

El Tribunal Supremo ya se pronunció sobre esto mismo hace unas semanas, obligando a compensar a las empresas los festivos que caen en sábado. El motivo de esta decisión residía en la diferencia que hay entre un día de descanso y otro que sea festivo: el primero es para desconectar del trabajo y el segundo tiene una naturaleza social y legal.

Con esto mismo coincide la Audiencia Nacional. Por lo que ahora, con esta resolución se consolida de forma generalizada la doctrina judicial que impide que las empresas hagan desaparecer festivos mediante los cuadrantes de trabajo. Se trata, además, de la primera sentencia que analiza específicamente la situación entre las personas trabajadoras con jornadas de lunes a viernes y de lunes a sábado en la actualidad.

El tribunal entiende que no cabe que una empresa dé por disfrutado un festivo únicamente porque coincida con el día de descanso semanal. Y es que, si esto fuera así, los afectados acabarían disfrutando de menos días reales de descanso que otros trabajadores que si que tendrían que trabajar ese festivo.

«Esta sentencia es un avance histórico en la defensa del descanso, la conciliación y los derechos laborales. Ninguna persona trabajadora debe perder festivos por la forma en que la empresa organiza el calendario. Los 14 festivos anuales deben disfrutarse plenamente por todas las personas trabajadoras, independientemente de su jornada habitual», asegura Sara García, secretaria de Acción Sindical y Empleo de USO.

La sentencia todavía no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, pero desde USO recalcan que «tras la confusión de sentencias anteriores, ahora sí será un derecho extendido a todas las personas trabajadoras, sin solapamientos ni recortes».

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