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26 de abril de 2024

El inquilino deberá pagar los gastos de suministros

El inquilino deberá pagar los gastos de suministros

Consultorio inmobiliario

¿Quién paga la comunidad y los suministros, el propietario o el inquilino?

En caso de alquiler, el pago del recibo de la comunidad de vecinos y de los suministros debe estar aclarado en los términos del contrato

El Debate pone en marcha un consultorio inmobiliario para responder a las preguntas de los lectores sobre cualquier asunto relativo a la compra, venta, alquiler y otras dudas relacionadas con la vivienda.
En tiempos de incertidumbre y con una ley de vivienda que desprotege al mercado, los tipos de interés hipotecario también dejan a propietarios e inquilinos indecisos ante qué decisiones deben tomar para preservar sus intereses.
Hemos heredado un piso entre cuatro hermanos, ¿Qué debemos hacer hasta que consigamos venderlo?
(Amalia, Zaragoza)
Si tenéis claro que vais a venderlo lo tenéis que hacer cuanto antes. No os enrosquéis en un precio, la mayoría de problemas posherencia vienen por proindivisos, es decir, cuando un bien pertenece a varios propietarios , pero ninguno de ellos tiene pleno derecho sobre la propiedad.
Mientras se cierra la venta, os tendréis que hacer cargo de los impuestos así como de los gastos de comunidad y suministros contratados.
¿Quién paga la comunidad y los suministros el propietario o el inquilino?
(Manuel, Oviedo)
En el caso de los alquileres, es el inquilino el que paga los suministros como agua, luz o internet salvo que esté específicamente recogido en el contrato que serán a cuenta del arrendador, aunque no suele ser lo habitual.
En el caso del recibo de la comunidad, tendrá que ser el propietario el que lo abone mensualmente y también hacerse cargo de las derramas en el caso de que fueran aprobadas en junta.
La casa donde vive mi hija esta a mi nombre, ¿es recomendable hacer un cambio de titularidad?
(Ricardo, Madrid)
Necesitaría más datos para poder contestarte bien a esa pregunta. Supongo que el factor más decisivo para contestar 'sí o no' es si tienes uno o más hijos.
Lo que es importante es documentar es el título por el que tu hija ocupa la vivienda de cara a Hacienda para que no se pueda considerar que es una donación encubierta, sobre todo si resides en una comunidad autónoma donde este impuesto no está bonificado.

Asesor inmobiliario

Desde El Debate respondemos a las preguntas sobre vivienda y otros asuntos inmobiliarios con la ayuda de Víctor Ortiz, abogado experto en Derecho de Sucesiones e Inmobiliario y perito judicial en valoraciones inmobiliarias.

Víctor Ortiz comenzó su carrera profesional en el Banco Santander en Estados Unidos, donde trabajó durante dos años en banca de inversión. Regresó a España y cofundó el startup Inmobiliaria Clicpiso y ahora se dedica a democratizar herencias en Heritae además de invertir en proyectos inmobiliarios.
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