puerta destrozada
Consultorio inmobiliario
Mi inquilino me ha destrozado la puerta de la vivienda, ¿tengo que denunciarlo?
Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez, abogados y expertos inmobiliarios, explican qué debe hacer el propietario ante daños ocasionados contra su propiedad
El Debate ofrece un servicio de asesoramiento inmobiliario de la mano de los expertos Víctor Ortiz y Miguel Gutiérrez. Los lectores pueden enviar sus preguntas a través del formulario insertado bajo estas líneas.
— Mi inquilino me ha destrozado la puerta de la vivienda intentando entrar porque se dejó las llaves dentro. ¿Tengo que denunciarlo? ¿Quién paga la puerta nueva?
José María
Si tu inquilino ha roto la puerta de la vivienda al intentar entrar porque se dejó las llaves dentro, es normal que te surja la duda de quien debe de pagar la rotura de la puerta. Dicho esto, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es clara:
El propietario está obligado a realizar reparaciones derivadas del desgaste normal por el uso de la vivienda.
El inquilino, en cambio, debe responder de los daños que cause él mismo, sus invitados o cualquier persona que acceda con su consentimiento.
La rotura de la puerta no se debe al uso normal, sino a una acción directa del arrendatario
En este caso, la rotura de la puerta no se debe al uso normal, sino a una acción directa del arrendatario. Por tanto, la responsabilidad de pagar la puerta nueva corresponde al inquilino.
Sobre la denuncia que planteas, no es necesario interponer denuncia ante la Policía, ya que no existe intención delictiva, si no que el inquilino estaba intentando entrar en su propia casa.
Qué pasa si el inquilino deja así la puerta de la vivienda
Dicho esto, lo recomendable es documentar los daños con fotos y factura de reparación, y acordar con el arrendatario el pago o bien descontar el coste de la fianza al finalizar el contrato. Preferiblemente, yo te recomendaría que sea el arrendatario el que abone directamente la reparación.
Lo recomendable es documentar los daños con fotos y factura de reparación
Si el inquilino se negara a pagar, el propietario puede:
Descontar el importe de la fianza justificando el gasto.
Reclamar judicialmente el coste de la reparación si supera la fianza.
Consultar con el seguro del hogar, que en algunos casos puede cubrir el daño y posteriormente reclamar al inquilino.
A modo de resumen, cuando un inquilino rompe la puerta por dejarse las llaves dentro, el responsable de pagar la reparación es él, no el propietario.
Asesores inmobiliarios
Víctor Ortiz es abogado experto en Derecho de Sucesiones e Inmobiliario y perito judicial en valoraciones inmobiliarias. Comenzó su carrera profesional en el Banco Santander en Estados Unidos, donde trabajó durante dos años en banca de inversión. Regresó a España y cofundó la startup inmobiliaria Clicpiso y ahora se dedica a democratizar herencias en Heritae además de invertir en proyectos inmobiliarios.
Miguel Gutiérrez es abogado especializado en asesoría jurídica de sociedades y Ley de Propiedad Horizontal. Comenzó su carrera profesional en un despacho de administración de fincas en Madrid, donde trabajó durante más de dos años como administrador y asesor legal. Actualmente, se dedica a ofrecer sus servicios en Heritae.