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Una persona regando las plantas de su casa

Una persona regando las plantas de su casaGetty Images

¿Qué hago si las plantas del vecino se han colado en mi casa?

La Ley de Propiedad Horizontal responde a esta cuestión

Tener plantas en la terraza se ha vuelto una práctica habitual en muchas viviendas españolas. La gente las utiliza para darle vida a sus casas y ambientarlas, aunque pueden traer algún que otro problema. No sería la primera vez que esas flores o plantas se acaban colando en el domicilio del vecino, provocando disputas y generando discusiones. Pero, ¿qué dice la ley al respecto?

Al consultarse la Ley de Propiedad Horizontal, queda claro que está permitido tener plantas en tu parcela. Esto incluye terrazas, patios, balcones o el interior del propio domicilio. Sin embargo, es bastante clara con respecto al lugar que ocupan estas: estas no pueden molestar ni afectar a los demás vecinos ni a la propia casa.

Tal y como recoge el artículo 7.2 de la norma, el ocupante del domicilio no podrá llevar a cabo ninguna actividad que no esté permitida por los estatutos o que pueda ser molesta y dañina para la propiedad y el resto de vecinos.

Aunque no hable directamente de colocar plantas o macetas, se entiende que si estas incurren en alguna de estas situaciones se estaría cometiendo una falta.

¿Qué hacer?

En caso de que las plantas del vecino invadan tu casa, sigue este proceso: En primer lugar, intenta solucionar el conflicto de manera amistosa. Coméntale el problema a la otra persona y pídele que pode la planta, que la retire o que controle los restos que deja por sí misma o al ser regada. En caso de no solucionarse de esa manera, se puede elevar una reclamación al presidente de la comunidad para que este solicite de manera formal y, aconsejablemente por escrito, que se ponga solución al problema.

Si el residente sigue sin hacer caso a las peticiones, el administrador puede presentar una acción de cesación en los tribunales. Previamente, se debe convocar una junta de propietarios para que le autorice. En caso de que el juez considere que la situación va contra la Ley de Propiedad Horizontal puede pedir que se reparen los daños, que se poden o se retiren las plantas o macetas que están provocando el problema y que se indemnice al perjudicado por los daños causados.

Existe una última posibilidad, aunque es bastante extrema e improbable. Si la situación es muy peligrosa y se extiende en el tiempo el juez podría incluso prohibir el uso de la vivienda por un tiempo que puede estar cercano a los tres años.

Más normas

El Código Civil sí que hace referencia a ramas y raíces. En su artículo 592 permite al propietario de un inmueble reclamar al vecino que corte las ramas de sus árboles si estas se cuelan en su parcela. En cuanto a las raíces, podría cortar todas aquellas que invadieran su terreno. Aun así, la mejor opción siempre será acordar una solución de manera amistosa.

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