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Una persona mayor hablando por teléfono

Una persona mayor hablando por teléfonoMarti Pujol

Ley de Propiedad Horizontal: los mayores de 70 años pueden renunciar a ser presidente de la comunidad

Las comunidades de vecinos tienen que resolver conflictos constantemente. Desde fallos en las instalaciones o el mantenimiento de las zonas comunes hasta disputas por ruido o propietarios que no pagan sus cuotas. Sin embargo, uno de los trámites más complicados es el de elegir presidente de la comunidad.

El cargo, que reconoce al representante legal de todos los propietarios, es algo a evitar para la mayoría de vecinos. De hecho, muchos intentan esquivar la obligación mediante diversos trucos o maniobras. Todas estas cuestiones las trata la Ley de Propiedad Horizontal, que es bastante clara al respecto.

¿Puedo dejar la presidencia?

Sí, es posible dejar la presidencia de la comunidad antes de que acabe el mandato. Sin embargo, es importante recalcar que es un cargo obligatorio, es decir, no se puede rechazar en primero momento. Para hacerlo legalmente tienes que seguir un procedimiento marcado por la propia Ley de Propiedad Horizontal.

En primer lugar, se ha de convocar una junta de vecinos y, en ella, explicar los motivos de tu decisión. Hecho esto y si la comunidad acepta tu renuncia, toca elegir un sustituto ya que es un puesto que no puede quedar vacante. En caso de que la propia comunidad no apruebe esa solicitud o se niegue a buscar un sucesor, cuentas con un plazo de un mes desde que fuiste nombrado para acudir al juez y solicitar legalmente el cambio.

Las razones

Los motivos que te pueden permitir abandonar el cargo son muy variados. Uno de ellos puede ser el estar lidiando con una enfermedad grave. Esto, que debe estar probado por un informe médico, te puede liberar del puesto. Otra de esas razones por las que poder librarte es estar a cargo de personas dependientes, ya sean niños con discapacidad o adultos convalecientes, por ejemplo. También, tener un trabajo que no se pueda compaginar con el cargo o residir habitualmente en otro lugar pueden ser una vía de escape.

Sin embargo, hay una en concreto que te puede liberar sin muchas complicaciones: la edad. Si el vecino elegido es una persona mayor, podría solicitar el relevo. En este caso, si el propietario en cuestión ha superado los 80 años, puede renunciar, al igual que si tuviera 70 o más.

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