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La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel RodríguezEFE

El BOE culpa a Franco del desahucio de Maricarmen, víctima de su legislación «retrógrada y machista»

Los contratos firmados a fecha anterior al 9 de mayo de 1985, se rigen aún por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964. Sin embargo, fue el Partido Socialista, bajo el Gobierno de Felipe González, quien puso límites para evitar que se alargaran de manera indefinida

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba este miércoles el primero de los dos reales decretos leyes sobre vivienda aprobados por el Consejo de Ministros. El texto, que pretende finiquitar la galopante crisis existente en España para encontrar un hogar, recoge la prohibición de desahucios para personas vulnerables hasta 2030, la limitación de compra de vivienda para «fondos buitre» –sin aclarar el término–, el aumento de IVA a los pisos turísticos hasta el 10 %, así como medidas fiscales para compradores y arrendadores.

Sin embargo, en las primeras líneas del Real Decreto-ley 26/2026 se alude directamente a Maricarmen, cuyo desahucio ha derivado en una acampada en la Puerta del Sol de Madrid – y replicada en menor tamaño en algunas ciudades como Sevilla o Santiago–.

Una premisa falsa

«Esta situación implica una clara demanda social a favor de la regulación para garantizar el derecho y que tiene como elemento de inflexión el triste y dramático y desahucio de Mari Carmen Abascal», arranca el texto en su quinto párrafo.

Fragmento del BOE en el que se culpa a Franco del desahucio de Maricarmen

Fragmento del BOE en el que se culpa a Franco del desahucio de MaricarmenBoletín Oficial del Estado

A renglón seguido, el decreto procede a presentar a la mujer de 87 años como una «víctima de una legislación machista y retrógrada procedente de una dictadura y de la especulación más voraz», culpando a Franco de impedirle «seguir viviendo en la misma casa donde residió sus últimos 70 años, a pesar de no tener una alternativa habitacional digna».

Esta valoración que hace el BOE, justificando el texto con la apelación emocional de un caso que no debería haber existido, parte de una premisa falsa: el desahucio se ha ejecutado por un cambio legal del PSOE, precisamente sobre una ley de Franco.

La vivienda, en pleno barrio del Retiro en Madrid, contaba con un contrato de renta antigua firmado en 1956 por el padre de la inquilina. Tras su fallecimiento, se subrogó a su madre y después fue Maricarmen quien se adhirió a él en 2005. La única variación era una actualización de la renta según el IPC y el pago del IBI. El inmueble estaba gestionado por la empresa Urbagestión, cuyo propietario Ricardo Alonso, lo traducía a números para El Debate: la mensualidad rondaba los 198-204 euros, a los que se sumaban unos 230 euros de gastos comunitarios.

Los contratos firmados a fecha anterior al 9 de mayo de 1985, se rigen aún por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964. Sin embargo, fue el Partido Socialista, bajo el Gobierno de Felipe González, quien puso límites para evitar que se alargaran de manera indefinida.

Los dos cambios legales del PSOE

Primero, el Real Decreto-ley 2/1985 –conocido como el decreto Boyer– eliminó la prórroga forzosa para los contratos que se celebrasen desde su aplicación –el 9 de mayo de 1985–, aunque los anteriores conservarían su régimen legal. Después, con la Ley 29/194, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos –la LAU– reguló qué ocurría con los alquileres anteriores al 9 de mayo.

Con ella quedaron estipuladas dos prórrogas posibles después de la muerte del titular original. La primera de ellas es la que firmó la madre de Maricarmen, ya que el texto mencionaba que «solo podrá tener lugar a favor del cónyuge del arrendatario no separado legalmente o de hecho, o en su defecto, de los hijos que conviviesen con él».

La segunda es la subrogación al hijo con un límite de «dos años o en la fecha en la que el subrogado cumple veinticinco años, si esta fuese posterior». Esta prórroga recogía una excepción de que si este tercer arrendatario tenía una minusvalía igual o superior al 65 %.

Como se mencionaba anteriormente, esta segunda prórroga se firmó en el año 2005, cuando Maricarmen tenía 66 –no 25, como establecía el texto– y su minusvalía es del 50 %. Si hubiera sido mayor, que como menciona Alonso «no fue acreditada», no hubiera tenido que ser desahuciada.

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