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25 de abril de 2024

Gabriel Rufián en su escaño

Gabriel Rufián en su escañoEFE

¿Qué supone violar la 'Ley del Silencio' de la comisión de Secretos Oficiales?

Los secretos oficiales son informaciones cuyo conocimiento por personas no autorizadas puede dañar o poner en riesgo la seguridad del Estado

El pasado jueves, 5 de mayo, la presidenta del Congreso, Meritxell Batet convocó oficialmente la Comisión de Secretos Oficiales en la que Paz Esteban, directora del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) habló con el fin de aclarar el espionaje denunciado por el Gobierno y por políticos independentistas.
La Comisión de Secretos Oficiales, oficialmente Comisión de Control de los Créditos Destinados a Gastos Reservados, es una comisión parlamentaria del Congreso de los Diputados de España a través de la cual el poder legislativo tiene acceso a la información sobre el gasto gubernamental clasificado, tiene acceso a los secretos oficiales y controla la actividad del CNI. Por ello, las discusiones en el seno de dicha comisión son secretas y su difusión tiene consecuencias.
A la salida de la comisión, Gabriel Rufián, portavoz de ERC en el Congreso de los Diputados, realizó unas declaraciones a la prensa que podrían suponer una revelación de secretos. Y es que, el político catalán declaró públicamente que la directora del CNI les había reconocido a los asistentes que solo una parte de los más de 60 dirigentes independentistas espiados lo fueron por los servicios de inteligencia y siempre bajo autorización judicial. Además aseguró que Esteban les había planteado dos posibles orígenes de la vigilancia a los teléfonos que no habían sido pinchados por el CNI: o se produjeron en una potencia extranjera o en «organismos descontrolados» del propio Estado español.
Los secretos oficiales, tal y como estipula la Ley 9/1968, de 5 de abril, son aquellas informaciones que destacan por su especial importancia y cuyo conocimiento por personas no autorizadas puede dañar o poner en riesgo la seguridad del Estado o los intereses fundamentales de la Nación.
Tal y como recoge el artículo 598 del Código Penal español, que es al que ha hecho referencia Ciudadanos, uno de los grupos parlamentarios que estudia denunciar a Gabriel Rufián, la revelación de este tipo de información clasificada constituye un delito que puede conllevar penas de cárcel: «El que, sin propósito de favorecer a una potencia extranjera, se procurare, revelare, falseare o inutilizare información legalmente calificada como reservada o secreta, relacionada con la seguridad nacional o la defensa nacional o relativa a los medios técnicos o sistemas empleados por las Fuerzas Armadas o las industrias de interés militar, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años».
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