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20 de abril de 2024

Conde-Pumpido en el primer pleno tras la renovación

Conde-Pumpido en el primer pleno tras la renovaciónEFE

Piden al TC apartar a Conde-Pumpido y otros jueces de la votación de inconstitucionalidad de la ley del aborto

Alegan la posible falta de imparcialidad que los actuales magistrados podrían tener en el proceso

El exministro Federico Trillo y los políticos Eva Durán, José Eugenio Azpíroz, Carmen Álvarez Arenas y Teófilo de Luis Rodríguez han solicitado al Tribunal Constitucional mediante un escrito con fecha del 27 de enero de 2023 la recusación de los magistrados Cándido Conde-Pumpido, Juan Carlos Campo, Inmaculada Montalbán y Concepción Espejel en la deliberación y votación del recurso de inconstitucionalidad presentado en la ley del aborto.
La petición para apartar al actual presidente del Tribunal Constitucional y los otros jueces del proceso parte de que ninguno de los cuatro podría ser parcial ante los hechos a tratar puesto que todos participaron de una u otra forma a favor de la actual ley en el escrito del anteproyecto y proyecto.
Sobre Conde Pumpido se alega que «no solo tuvo conocimiento del objeto del recurso como Fiscal General del Estado, sino que ha participado en su elaboración y ha tenido conocimiento y se ha formado criterio previo sobre él en detrimento de su imparcialidad actual como miembro del TC, por lo que debe ser recusado». De igual manera pasa con Juan Carlos Campo, puesto que en aquel momento era secretario de Estado de Justicia y participó en la reunión de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios participando en la elaboración del proyecto de ley.
Así, el escrito reza sobre él que es «evidente que el Sr. Campo Moreno no solo tuvo conocimiento del objeto del recurso, sino que ha participado en él directa o indirectamente, por lo que debe ser recusado». Finalmente, sobre Montalbán y Espejel, el escrito aclara que ambas fueron Vocales miembros del Consejo General del Poder Judicial y, por tanto, «emitieron informe sobre la Ley Orgánica recurrida, por lo que es evidente que la Sra. Montalbán Huertas y la Sra. Espejel Jorquera no solo tuvieron conocimiento del objeto del recurso como Vocales del Consejo General del Poder Judicial, sino que se formaron criterio sobre su contenido comprometiendo su actual imparcialidad, por lo que deben ser recusadas».
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