Fundado en 1910

01 de mayo de 2024

El magistrado del Tribunal Constitucional Ramón Sáez asiste al primer Pleno jurisdiccional de la institución

El magistrado del Tribunal Constitucional Ramón Sáez asiste al primer Pleno jurisdiccional de la instituciónJorge Ruiz / EP

Como avanzó El Debate

El Constitucional rechaza los recursos contra la eutanasia y salva la polémica ley de Sánchez

El Pleno del Tribunal ha dado su visto bueno a la norma del Gobierno, por nueve votos frente a dos, contra las impugnaciones del Partido Popular y Vox

Tan sólo dos magistrados se han manifestado en contra de la constitucionalidad de la ley de eutanasia aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez, hace un año, con los votos en contra del Partido Popular y de Vox. De esta manera, el Pleno del TC ha avalado, este miércoles, la polémica norma, haciendo uso de una «ponencia creativa» sobre el «derecho a morir», tal y como apuntaban en avance varias de las fuentes consultadas por El Debate sobre la cuestión.
Los magistrados arrancaron la deliberación sobre la ley de la eutanasia en el Pleno anterior, celebrado el pasado 9 de marzo, si bien fue una primera toma de contacto que, en esta ocasión, se ha materializado en negativo para el recurso de Vox, rechazado en todos sus puntos por la sentencia propuesta por el ponente, Ramón Sáez, que ha obtenido el respaldo en la votación de nueve de sus compañeros.
Y es que, si bien eran dos los escritos que denunciaban las posibles tachas de la norma, el recurso de Vox suponía prácticamente una enmienda a la totalidad de la ley porque se dirigía contra numerosos artículos, mientras que la impugnación del PP era más aséptica, por lo que rechazar el primero supone 'de facto' desestimar, también, el segundo, según explican varios expertos consultados por este diario.
La polémica ley, que ya cuenta con el visto bueno de la Corte de Garantías, establece que la eutanasia se podrá llevar a cabo a pacientes que lo soliciten y que se encuentren en un contexto de «padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimiento intolerable».

Derecho a la «autodeterminación» vital

La decisión de respaldo de la ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia no ha contado, sin embargo, con la ansiada unanimidad del Tribunal en los temas de mayor calado, como ya sucedió en el caso de la «ley Aído» del aborto. El voto mayoritario de la izquierda –con su presidente Cándido Conde-Pumpido en cabeza– ha sido determinante para salvar el texto del Gobierno de Pedro Sánchez «creando nuevo Derecho Constitucional».
No en vano, la ponencia obra del magistrado Ramón Sáez, del bloque zurdo del órgano, defiende «en una construcción creativa» de la cuestión, que es «obligación del Estado» hacer factible la voluntad de cualquier persona «a poder morir» cuando lo desee. Esto es, una especie de muerte a la carta que, según la interpretación del jurista, queda reconocida por la propia Constitución en el «derecho de autodeterminación» de los individuos y en el hecho de que la libertad sea el «valor superior del ordenamiento».
Y, una vez reconocido este «derecho de autodeterminación» vital nace, correlativamente, la obligación de «habilitar las vías legales necesarias para permitir la ayuda de terceros que sea precisa» para que todo aquel que se encuentre en una de las circunstancias previstas «pueda ejercer su derecho a decidir sobre su propia muerte en condiciones de libertad y dignidad».
Comentarios
tracking