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14 de mayo de 2024

La directora general de la Guardia Civil, María Gámez, este jueves

María Gámez, en una imagen de archivoEFE

Investigación

La exdirectora de la Guardia Civil ocultó más de dos millones de patrimonio en su declaración de bienes

María Gámez declaró en 2021 que contaba con un patrimonio inmobiliario de 168.000 euros cuando en realidad ascendía a los 2,7 millones

La exdirectora de la Guardia Civil, María Gámez, declaró durante su etapa como alto cargo del Gobierno que contaba con un patrimonio inmobiliario de 168.000 euros. En cambio, tras dimitir, El Debate ha desvelado en exclusiva que la dirigente socialista tiene en realidad a su nombre varias propiedades por valor de 2,7 millones de euros. Los inmuebles que Gámez omitió fueron comprados durante los años clave de la investigación judicial a su marido enmarcada en las ayudas de los ERE.
El Debate ha tenido acceso al patrimonio que Gámez declaró en 2021, donde figuran, entre otros datos, a cuánto ascienden sus bienes inmuebles o cuánto dinero tiene en el banco. Ese año declaró contar con viviendas por valor de 168.252,50 euros; cuentas corrientes con 29.873 euros; seguros de vida o planes de pensiones por 36.086 euros y deudas por valor de 248.581 euros.
Declaración de bienes de María Gámez de 2021

Declaración de bienes de María Gámez de 2021El Debate

El importe que Gámez declara por sus inmuebles no coincide con lo que verdaderamente tiene a su nombre. Después de que dimitiera como directora de la Guardia Civil como consecuencia de la imputación de su marido en una causa judicial derivada de los ERE de Andalucía, este periódico reveló su patrimonio inmobiliario oculto conformado por cuatro viviendas valoradas en 2,5 millones de euros.
Siendo ya jefa de la Benemérita, Gámez compró otro piso más en Málaga con la particularidad de que, en esta ocasión, el importe del inmueble, tasado en 300.000 euros, lo abonó al contado. A mediados de 2020, la dirigente socialista acudió a un notario, firmó la compraventa y, en el mismo acto, donó la propiedad a su hijo. Una operación inmobiliaria que, según explicaron varios juristas especializados en herencias a El Debate, suele ser habitual para quedarse con una vivienda de por vida pero sin figurar como propietario de la misma.
El cuarto inmueble es un piso más en Málaga muy próximo al ático dúplex. En este caso se compró en 2019. En aquel momento, Gámez ostentaba el puesto de subdelegada del Gobierno en Málaga. Actualmente, el juez que investiga a su marido está analizando la facturación de Job Management Liberty SL, empresa con la que cobró de los ERE fraudulentos de Andalucía. Desde que el cónyuge de Gámez constituyó la mercantil en 2012 ha ingresado más de tres millones de euros que hoy se encuentran bajo sospecha.

Falta documentación

A pesar de que Gámez fue nombrada jefa de la Benemérita en enero de 2020 su única declaración de bienes pública es la de 2021. Ni rastro de los años 2020, 2022 ni 2023. El origen de la publicación de estos datos personales fue poder demostrar si el paso de una persona por la función pública provocaba o no un aumento de patrimonio o enriquecimiento. En cambio, no es posible comprobarlo en el caso de Gámez al faltar tres de estos documentos.
Los altos cargos del Gobierno están sometidos a una ley del año 2915 que les obliga a consignar el valor real de todas sus propiedades. Al tomar posesión tienen que completar diversos documentos en los que también están obligados a declarar si tienen acciones o participaciones en sociedades de capital. Otro de los motivos por los que tienen que hacer esto es para que se determine si, aceptando el cargo público, incurren en alguna incompatibilidad.
Generalmente estos documentos, que obran en poder de la Oficina de Conflicto de Intereses, dependiente de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, son confidenciales. Sólo uno de ellos es público: el número 7. Este es el papel que se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para que los ciudadanos consulten los bienes de los cargos públicos de peso.
La Ley de Altos Cargos impide que los políticos declaren tan sólo el valor catastral de sus inmuebles, técnica usada de manera recurrente para quienes quieren hacer disminuir en apariencia el valor de sus propiedades. Al final del modelo que rellenan se les advierte que «el modelo se cumplimentará de conformidad con lo previsto en la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, en particular en lo relativo a la valoración de los bienes, derechos o deudas».
Y la mencionada ley, en su artículo 10, determina lo siguiente: «Los bienes de naturaleza urbana o rústica se computarán de acuerdo a las siguientes reglas: Uno. Por el mayor valor de los tres siguientes: al valor catastral, el comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o el precio, contraprestación o valor de la adquisición (…)».
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