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29 de abril de 2024

Incidentes provocados por Tsunami Democràtic en Barcelona, en 2019

Incidentes provocados por Tsunami Democràtic en Barcelona, en 2019EFE / Toni Albir

Tribunales

La reforma de la sedición complica la acusación de la AN contra los cabecillas de Tsunami Democràtic

El juez instructor del caso ha levantado el secreto de sumario en la causa contra la organización orquestada tras las protestas en Cataluña al conocerse la sentencia del procés

Como en tantos otros casos, la reforma de la sedición, consumada por el Gobierno de Pedro Sánchez, está complicando las cosas, también, en las investigaciones de la Audiencia Nacional contra la entidad Tsunami Democràtic, una vez se ha levantado el secreto de sumario en la causa instruida sobre la plataforma creada, en 2019, para organizar las protestas y algaradas callejeras que se produjeron en Cataluña, tras conocerse la sentencia del Tribunal Supremo contra el procés.
En espera de que las partes presenten sus escritos de conclusiones provisionales, en los próximos días, y antes de formular una acusación formal sobre los principales artífices de aquellas revueltas, la realidad es que, borrada la sedición, sólo caben dos opciones de acusación: una, a expensas del criterio de la Fiscalía, por terrorismo; y, otra, mucho más que probable, por desórdenes públicos que podrían llegar a considerarse agravados apoyándose en los cortes de las autopistas y los incidentes protagonizados por los miembros de Tsumani en el aeropuerto del Prat.
El bloqueo de las instalaciones del espacio aeroportuario de Barcelona, en septiembre de aquel mismo año, que provocó la cancelación de más de cien vuelos, o los cortes perpetrados por la entidad proindependentista en la autopista AP-7, a la altura de Francia, provocaron graves alteraciones del orden público en oposición al fallo condenatorio dictado contra los líderes políticos del 1-0. Ésta será la clave esencial de una causa para la que, dadas las circunstancias, desde el pasado 12 de enero, fecha en la que se publicó en el BOE la modificación del Código Penal del Gobierno a la carta para contentar a sus socios de Esquerra (ERC), el delito de sedición ya no existe.
Y ello aún cuando durante estos años de pesquisas, el Juzgado de Instrucción Central número 6 de la Audiencia Nacional, competente para la causa, había venido trabajando en la tesis de la sedición. El alzamiento «público y tumultuario» para impedir «por la fuerza o fuera de las vías legales» la aplicación de las leyes, «el cumplimiento de resoluciones judiciales» o «el legítimo ejercicio de funciones» de una autoridad, era el tipo legal en el que mejor encajaba, hasta hace unos meses, el relato de los hechos acontecidos en la comunidad autónoma catalana.
No en vano, el principal objetivo del Tsunàmi fue el de canalizar, en las calles, la respuest de quienes consideraban que las condenas impuestas a los impulsores políticos del procés eran desproporcionadas e injustas. Para ello, pusieron en marcha una serie de convocatorias coordinadas y simultáneas que movilizaron, como ha quedado inicialmente acreditado, a miles de personas, en cuestión de horas. Y, todo ello, sin líderes identificables como tal.
La plataforma estaba integrada por un amplio grupo de personas, en contacto vía intermediarios, entre los que había algunos militantes de base de las formaciones separatistas catalanas, que para comunicarse utilizaron técnicas encriptadas de seguridad reforzada como Signal o Protonmail.

La recta final de la causa penal

Ahora, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, el magistrado Manuel García-Castellón, espera que las partes, una vez levantado el secreto de sumario, se pronuncien con sus respectivos escritos de acusación provisional sobre la calificación de la responsabilidad criminal que pueda atribuirse a los investigados entre los que se encuentra un aforado, el diputado de ERC Rubén Wagensberg que, de resultar formalmente acusado, tendría que ser enjuiciado, por lo tanto, ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
¿Qué delitos se cometieron? ¿Cuál es el encaje más adecuado para los graves altercados promovidos desde los perfiles de Tsunami Democràtic en Twitter y a través de una cuenta unidireccional de Telegram, cuyas URL quedaron bloqueadas, previa orden judicial?. El informe de la Guardia Civil y la información interceptada por ésta a los organizadores de la plataforma, en varios teléfonos móviles incautados a los impulsores de la misma, apuntaban desde un primer momento, y entorno a ello han ido pivotando las pesquisas, a una sedición de manual, que ya no existe. ¿Cómo traducir, entonces, todo lo ocurrido en los márgenes del Código Penal vigente?
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