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19 de mayo de 2024

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Qué pueden hacer los electores que no están empadronados para evitar quedarse sin votarEFE

Elecciones generales

Qué pueden hacer los electores que no están empadronados para evitar quedarse sin votar

Si has cambiado de residencia en los últimos meses estate atento, ya que este pequeño detalle podría dejarte sin votar en las próximas elecciones

Si te has mudado de tu residencia habitual en el municipio en el que estas empadronado, puede que quieras empadronarte en tu nuevo lugar de residencia antes de las elecciones generales convocadas para el 23 de julio. ¿Por qué? Pues por que este ligero despiste puede hacer que te quedes sin votar. Te explicamos cómo se puede llegar a dar este suceso y qué puedes hacer para evitarlo.

La relación entre estar empadronado y censado

Pongamos que recientemente has cambiado de domicilio y, pese a que es obligatorio, no te has empadronado en tu nuevo lugar de residencia. Sin embargo, las personas que ahora viven en tu antigua casa sí que lo han hecho y han informado que tu ya no vives ahí. De repente se convocan elecciones y, como no estas empadronado ni en tu antigua residencia ni en la nueva, te quedas sin votar al no aparecer en el censo.
El profesor de Derecho Constitucional de la UNED, Carlos Fernández ha explicado en Newtral un poco qué relación tiene estar empadronado con estar censado: «La elaboración del censo electoral y su actualización dependen de los ayuntamientos. Todos los meses los ayuntamientos tienen que trasladar los datos del padrón municipal, en el que está empadronado cada ciudadano o vecino, a las delegaciones provinciales de la oficina del censo electoral, que se encargan de ir actualizando la base de datos. Alrededor del penúltimo día hábil de cada mes, los ayuntamientos remiten altas y bajas a la delegación y con ello se actualiza el censo».
Lo ideal sería que si no te empadronas en tu nueva residencia, se te mantuviese el padrón de la antigua, pese a que ya haya varias personas empadronadas de diferentes familias en el mismo domicilio. Pero eso depende de cada ayuntamiento.

¿Cómo puedo reclamar?

El periodo para reclamar es entre el 5 y 12 de junio. En la página web de la INE existe un apartado en el que se puede consultar la inscripción en el censo electoral, a través del sistema Cl@ve.
Para las elecciones generales del 23 de julio, se utilizará el censo que se cerró el 1 de marzo de 2023. Por ello si una persona en este tiempo ha cambiado de residencia y quiere votar desde su nuevo domicilio, debe reportárselo al INE en las fechas mencionadas.
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