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02 de mayo de 2024

Joan Laporta, en una imagen de archivo

Joan Laporta, en una imagen de archivoGTRES

Investigación

El juez del caso Negreira asegura que Joan Laporta usa al equipo jurídico del Barça con fines antiéticos

Joaquín Aguirre dicta un auto en el que rechaza la personación del club como acusación por el delito de administración desleal

El juez del caso Negreira, Joaquín Aguirre, titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Barcelona, considera que el presidente del Barça, Joan Laporta, está usando al equipo jurídico del club con fines antiéticos. El magistrado responde así a la maniobra de Laporta de intentar personarse en el procedimiento como acusación particular por el delito de administración desleal. El Debate ha tenido acceso al auto, que ya ha sido notificado a las partes.
«El actual presidente del FC Barcelona es el que designa, bien directamente bien a través de otras personas de menor rango, a quienes componen el equipo jurídico que representa al FC Barcelona en las presentes diligencias previas. Por consiguiente, resulta contrario a toda ética que quien cometió unos actos idénticos a los de los posteriores presidentes pretenda personarse en la causa ejerciendo la acusación particular», asegura Aguirre.
De esta manera, el magistrado tumba el segundo intento del Barça de personarse en el procedimiento como perjudicado por el delito de administración desleal. El 22 de mayo, el club solicitó entrar en la instrucción judicial que investiga los pagos de 7,5 millones de euros del club a José Enríquez Negreira, exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA). El equipo de fútbol alegó entonces que se consideraba agraviado por el desvío de fondos. Un mes después, el 26 de junio, se denegó la personación. El Barça recurrió y ahora Aguirre vuelve a tumbar el segundo intento.
El juez argumenta su decisión bajo el pretexto de que «existe un concurso medial entre el delito de administración desleal y aquel delito para el que se extrae el dinero del club, que sería el de corrupción deportiva o el de cohecho». Aguirre concluye que el Barça no puede acusar por el concurso, es decir, por el delito medial y el delito fin, ya que «estaría acusándose a sí mismo».
El instructor del caso Negreira califica de «aparentemente y en el aspecto formal válido» el recurso del Barça para lograr la personación pero asegura que la mera intención «atenta gravemente contra el espíritu ético del resto de normas aplicables a la admisión de la personación de partes acusadoras». Aguirre aclara que por el momento no se ha atribuido a Laporta la comisión de ningún delito «no por razones atinentes a la antijuridicidad de los actos cometidos por Laporta en su primera fase como presidente del FC Barcelona sino por la aplicación de las reglas de la prescripción delictiva, al menos de momento».
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