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03 de mayo de 2024

María Luisa Segoviano, César Tolosa, Juan Carlos Campo y Laura Díez durante su toma de posesión como nuevos magistrados del Tribunal Constitucional

María Luisa Segoviano, César Tolosa, Juan Carlos Campo y Laura Díez en su toma de posesión como magistrados del TCEfe

Tribunales

El Constitucional rechaza un recurso de Vox contra el Gobierno por abusar de un 'decretazo'

Los de Santiago Abascal argumentaron que en la tramitación de la ley de reducción de la temporalidad en el empleo público no se daba la situación de «extraordinaria y urgente necesidad»

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado –por unanimidad y en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado César Tolosa– el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de 50 diputados de Vox contra la totalidad del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Los de Santiago Abascal señalaron que en la tramitación de este decreto-ley no concurría la situación de «extraordinaria y urgente necesidad» que exige la Constitución Española en su artículo 86.1. Asimismo, desde Vox aseveraron que la norma emanada del Gobierno afectaba a un derecho fundamental –aspecto que está prohibido que regulen los decretazos– y en concreto al de acceso a cargos públicos en condiciones de igualdad del artículo 23.2 de la Carta Magna.
No obstante, el órgano de garantías ha dictaminado que el decreto-ley no ha infringido el art. 86.1 de la Constitución ya que «el Gobierno en la memoria de impacto normativo, en la exposición de motivos de la norma y posteriormente en el debate de convalidación, ha satisfecho suficientemente la carga de explicitar y razonar la concurrencia de la situación de extraordinaria y urgente necesidad que le llevó a dictar el Real Decreto-ley».
Igualmente, la resolución del Constitucional apunta que se da una «relación de adecuación de las medidas adoptadas y la situación de urgencia a cuya solución sirven». Además, la sentencia afirma que el decretazo del Ejecutivo de Sánchez no lleva a cabo una regulación general del derecho fundamental de acceso a la función pública (art. 23.2 CE), ni de su contenido esencial.
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