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15 de mayo de 2024

El presidente suplente del CGPJ, Vicente Guilartea su salida de un pleno extraordinario 6 de noviembre de 2023

El presidente suplente del CGPJ, Vicente Guilartea su salida de un pleno extraordinario 6 de noviembre de 2023Europa Press

La guerra de la izquierda contra los jueces

Sumar se querella contra el presidente y los vocales del CGPJ que firmaron la declaración contra la amnistía

El partido miembro de la coalición de Gobierno considera que el Consejo adoptó una resolución «arbitraria» e «ilegal», excediéndose en sus funciones

A Sumar no le sentado bien la declaración aprobada el pasado 6 de noviembre por una mayoría del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que señalaba que el texto presentado como la futura ley de amnistía «vulnera la división de poderes» y ha avanzado, este viernes, la presentación de una querella ante el Tribunal Supremo contra el presidente del máximo órgano judicial y los vocales conservadores que votaron a favor de dicha declaración. El anuncio coincide, además, con el encuentro institucional que mantendrán el nuevo ministro de Justicia, Félix Bolaños, y el presidente interino del Consejo, Vicente Guilarte que está entre los querellados.
Concretamente, la denuncia del grupo parlamentario de uno de los dos partidos en la coalición del Ejecutivo, acusa a estos miembros del CGPJ de incurrir en un presunto delito de prevaricación administrativa, que conllevaría aparejada la pena de inhabilitación para el ejercicio de cargo público, por promover una resolución «ilegal», «arbitraria» y que excede sus competencias, tal y como recoge la nota adelantada por Europa Press.
El escrito se dirige contra los ocho promotores de la declaración, los vocales: Carmen Llombart, José Antonio Ballestero, Gerardo Martínez-Tristán, Juan Manuel Fernández, Juan Martínez Moya, José María Macías, Nuria Díaz Abad y María Ángeles Carmona.
Pero, también contra Wenceslao Olea, que votó a favor de la misma y apunta a Vicente Guilarte, el presidente interino, que optó por votar en blanco, como cooperador necesario al permitir la convocatoria del cónclave en la que estos juristas lanzaron su resolución en contra la futura ley de amnistía. Es decir, Sumar formulan su querella contra el bloque de los diez vocales conservadores del CGPJ.

Atribuciones del Constitucional

Sumar atribuye a los promotores de esa declaración arrogarse atribuciones que corresponde exclusivamente al Tribunal Constitucional, al pronunciarse sobre una proposición de ley cuando el texto normativo ni siquiera existía ni estaba registrado.
Y, de hecho, recrimina en su querella que su intención era mandar a la ciudadanía «un mensaje apocalíptico que sólo puede contribuir a una mayor crispación social», máxime cuando se le dotó de carácter institucional.
El texto dirigido al Supremo alude a la aprobación, el pasado 6 de noviembre, de la declaración institucional del CGPJ en sesión plenaria contra la amnistía que negociaban entonces PSOE, Sumar, ERC y Junts para investir a Pedro Sánchez como presidente del Gobierno, alertando de que su aplicación supondría la «abolición» del Estado de Derecho.
Ahora, Sumar pone de relieve que esa resolución «descalifica e imputa conductas gravísimas» al jefe del Ejecutivo, que podrían ser calificadas como «desconsideración entre instituciones», contradiciendo incluso lo que marca el CGPJ en sus resoluciones previas respecto al Poder Judicial.

Convocatoria ilegal

«Afirmaciones de extrema gravedad ajenas a su naturaleza jurídica y que convierten el acuerdo (...) en una actuación de crítica política partidista, desbordando de forma deliberada la naturaleza del órgano y del acto administrativo del acuerdo», ahonda el grupo parlamentario que, también, cuestiona la base legal que se siguió para convocar ese pleno del organismo judicial.
Sumar expone en su escrito que en dicho pleno se excedió las funciones del órgano de gobierno de los jueces, que además están limitadas por la situación de mandato caducado, y ahonda en cómo los vocales querellados actuaron desde su «deliberada voluntad de eludir» esa carencia competencial, pese a que son juristas con condición de autoridad por formar parte de una de las principales instituciones del Estado español.
Asimismo, resalta sobre el caso del presidente que su misión es velar para que todos los miembros del organismo se ajusten a las funciones del CGPJ, que en ningún caso incluye valorar la «conducta de otra autoridad del Estado» (en este caso el presidente), acuerdos políticos o «futuribles» normas.
Por otro lado, Sumar destaca que es «ineludible» que el acuerdo plenario del 6 de noviembre refleja su decisión de interferir en una cuestión que afecta a los «intereses generales» emitiendo una «resolución definitiva» y que, además, no puede considerarse como un «acto político».
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