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04 de mayo de 2024

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont

El expresidente de la Generalitat Carles PuigdemontEFE

El Código Penal incluye numerosos supuestos para disolver un partido, pero no el dar un golpe de Estado contra la Nación

El PP pretende introducir nuevos tipos penales para la «protección del orden constitucional», después de que el Gobierno derogara el delito de sedición en 2022 a petición de sus socios

en las últimas horas, desde el PSOE y Sumar han criticado al PP por su propuesta referida a partidos independentistas. Las críticas vienen después de que los populares presentaran una enmienda a la totalidad contra la ley de amnistía este miércoles. En su texto alternativo, proponen incluir en el Código Penal el delito de deslealtad constitucional y promover la disolución de las organizaciones o personas jurídicas que declaren la independencia o convoquen referéndums ilegales.
La ministra de Defensa, Margarita Robles, se mostró en contra de la iniciativa, al considerar que si una persona individualmente comete un delito debe asumir responsabilidades individualmente, pero que «en una democracia consolidada los partidos políticos ni pueden delinquir ni pueden ser ilegalizados». «Creo que en una democracia se tienen que respetar los pensamientos de todo el mundo», señaló. El titular de Interior, Fernando Grande-Marlaska, indicó por su parte que ya existe una Ley de Partidos que «ha funcionado en este país».
Desde Sumar, la portavoz parlamentaria Marta Lois directamente tildó la propuesta de «atentado directo» a la Constitución y más propia de «regímenes autoritarios». Y el diputado Iñigo Errejón acusó a los populares de pretender «dejar a una parte de la ciudadanía sin representación».

El PP busca «rearmar el Estado» ante la amenaza de que se vuelva a intentar un proceso de independencia

El portavoz del Grupo Popular en el Congreso, Miguel Tellado, explicaba este jueves que su partido «no ha inventado nada» con su propuesta, puesto que el Código Penal, en su artículo 33.7, ya contempla la disolución de formaciones –«personas jurídicas»– si cometen determinados delitos. Así, defendió que en España «no se persigue a nadie por sus ideales, sino por su actos, si éstos son delictivos», y que no pretenden con su iniciativa perseguir a un partido por las ideas que defiende, sino «por los actos ilegales que comete» y por tanto «rearmar al Estado» ante una posible amenaza de que se intente llevar adelante un proceso de independencia, como cree que intentarían los socios de Sánchez ERC y Junts.

No contempla el golpe de Estado

En el Código Penal a día de hoy hay hasta 35 delitos tipificados que acarrean la pena de disolución para el partido que los cometa. Entre ellos, se encuentran los delitos de odio, malversación, cohecho, terrorismo, blanqueo, financiación ilegal, corrupción, revelación de secretos, tráfico ilegal de órganos, trata de seres humanos, tráfico de influencias o el delito contra la integridad moral. Sin embargo, entre ellos no figura dar un golpe de Estado contra la Nación como supuesto para la disolución de una formación política.
El PP en su enmienda recuerda que a través de una modificación del Código Penal, durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, se suprimieron los artículos 506 bis, 521 bis y 576 bis, con lo que se derogaba el delito de referéndum ilegal. Esta reforma se produjo en el año 2005, con el rechazo del Grupo Popular, que ya entonces presentó una enmienda a la propuesta para mantener pena de cárcel a la autoridad o funcionario que convocase referéndum fuera del marco de la Constitución, lo que antes contemplaba penas de entre tres y cinco años de cárcel e inhabilitación.
Y más recientemente, se ha producido otra modificación, en diciembre de 2022 impulsada por el PSOE por exigencia de sus socios separatistas catalanes: la derogación del delito de sedición, que estaba tipificado en el artículo 544 del cuerpo legal. Los populares recogen en su enmienda contra la amnistía las palabras de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que remarcaba que dada esta derogación, entre el delito de rebelión (artículo 472) y el de desórdenes públicos (artículo 557) queda «un espacio intermedio que puede alojar en el futuro conductas gravemente atentatorias al sistema constitucional, en el que la observancia de las leyes y el incumplimiento de las resoluciones judiciales, si no fuera acompañados de una violencia preordenada a esos fines o implicaran actos de violencia o intimidación sobre las personas o las cosas quedarían impunes».
Así, el partido de Feijóo denuncia en el texto registrado que «las sucesivas reformas penales diseñadas al dictado de quienes persiguen la impunidad de actos ya realizados y que anuncian públicamente volver a ejecutar ha debilitado al extremo los instrumentos jurídicos disponibles para la defensa del Estado, al situar en la impunidad conductas subversivas del orden constitucional». Para su protección, es aquí donde el PP propone tipificar «conductas graves que implican deslealtad constitucional»: declaración de independencia de una parte del territorio nacional, convocatoria de referéndum ilegal, conspiración para cometer estos delitos, y pena de disolución a quienes cometan cualquiera de ellos.

Vox pide ilegalizar partidos que quieran destruir España

Desde el partido de Santiago Abascal han reprochado al PP que ahora plantee esta iniciativa cuando no han apoyado ninguna de las llevadas por Vox que pedían ilegalizar a aquellos que quieren destruir España. En el Congreso, primero lo hicieron en 2020 y más recientemente en febrero de 2023. Proponían reformar la Ley de Partidos de 2002 con vistas a dotar al poder judicial de «medios normativos» que permitieran el «enjuiciamiento de legalidad» de los partidos, con actividad «contraria a soberanía nacional y a la indisoluble unidad de la Nación española», de manera que pudieran ser ilegalizados por el procedimiento judicial de disolución que prevé la citada norma.
También el pasado mes de noviembre Vox llevó al Senado una moción para ilegalizar a ERC y a Junts, apelando al artículo 9 de esa ley orgánica. Este recoge las causas por las que un partido debe ser declarado ilegal y señala en este sentido que lo será «cuando su actividad vulnere los principios democráticos, particularmente cuando con la misma persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático, mediante alguna de las siguientes conductas, realizadas de forma reiterada y grave», entre las que menciona la de «vulnerar sistemáticamente las libertades y derechos fundamentales» o la de «complementar y apoyar políticamente la acción de organizaciones terroristas para la consecución de sus fines de subvertir el orden constitucional».
Además de proponer la ilegalización de los partidos separatistas –algo sobre lo que, por otra parte, planteaban realizar una consulta a los españoles al amparo del artículo 92 de la Constitución–, Vox pidió en sus iniciativas registradas en la Cámara Baja recuperar la tipificación de los delitos relativos a la convocatoria y celebración de referéndums ilegales, así como reintroducir penas proporcionadas a estas acciones y promover que se recuperen de manera urgente las competencias transferidas a las administraciones autonómicas.
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