Fundado en 1910

05 de mayo de 2024

El exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez, en el Congreso de los Diputados

El exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez, en el Congreso de los DiputadosA.Martínez Vélez. Pool / Europa Press

Como avanzó El Debate en primicia

El Constitucional también admite el recurso de Alberto Rodríguez contra la decisión de Batet de retirarle el escaño

La Corte de Garantías ya dio la razón al ex diputado de Podemos en el primer recurso con el que se corrigió «por primera vez» una pena impuesta por el Supremo

El Tribunal Constitucional (TC) ha vuelto a amparar al ex diputado de Unidas Podemos (UP) Alberto Rodríguez, esta vez estimando el recurso que presentó contra la decisión de la entonces presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, de retirarle el escaño después de que fuera condenado por el Tribunal Supremo (TS) por dar una patada a un policía durante una manifestación celebrada en 2014 en Tenerife contra la 'ley Wert'.
Según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, la mayoría progresista, de 6 magistrados contra 4, ha avalado la ponencia redactada por María Luisa Balaguer, que abogaba por dar la razón a Rodríguez frente al acuerdo adoptado el 22 de octubre de 2021 por Batet. En esta cuestión, se encuentra abstenido el magistrado y ex ministro de Justicia socialista Juan Carlos Campo por su condición de pareja de Batet.
El borrador de la sentencia razona que, una vez anulada la pena de prisión, manteniéndose solamente la pena de multa, no era posible aplicar el artículo 6.2 a) de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), que provocó la pérdida del escaño. Dicho precepto de la LOREG establece que «son inelegibles los condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena».
Cabe recordar que el Supremo condenó a Rodríguez a la pena de prisión de 1 mes y 15 días como autor de un delito de atentado a agente de la autoridad con la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
El alto tribunal, sin embargo, sustituyó la pena de prisión por una multa de 540 euros, si bien aclaró que este reemplazo de la pena principal no afectaba a la pena accesoria, que fue la que finalmente dio lugar a que Rodríguez perdiera su asiento en el Congreso de los Diputados.
Comentarios
tracking