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17 de junio de 2024

Foto de archivo de una mesa electoral

Foto de archivo de una mesa electoralEuropa Press

Elecciones europeas 2024

Qué pasa si tengo un viaje y me toca ser mesa electoral en las elecciones europeas

El próximo 9 de junio se celebran elecciones europeas en España

La cuenta atrás ha comenzado. En un año marcado claramente por la carga electoral, el próximo 9 de junio unos 38 millones de españoles podrán acudir a las urnas y ejercer su derecho al voto para elegir a sus representantes en el Parlamento Europeo. Aquellas personas que formarán parte de una mesa electoral en los comicios ya han sido notificadas y tendrán que acudir a su colegio electoral correspondiente y cumplir con sus obligaciones.

No obstante, hay determinadas causas que eximen la responsabilidad legal de formar parte de una mesa en unas elecciones, entre las que se encuentran causas familiares, personales o profesionales, siempre y cuando estén contempladas por la Junta Electoral Central (JEC).

¿Y qué ocurre si tengo un viaje? Es una excusa válida para no tener que participar?

Tener un viaje y ser miembro de una mesa en las elecciones

Por norma general, si se recibe la notificación después de que el viaje esté planeado (transportes y alojamientos pagados, por ejemplo), la Junta Electoral podrían considerar este como una causa justificada para solicitar la exención de la obligación electoral.

Para que esto ocurra, eso sí, es necesario presentar toda la documentación y las reservas que respalden tu versión, demostrando que el viaje fue organizado antes de recibir la notificación. Además, es recomendable demostrar que la cancelación implicaría un perjuicio económico significativo. Es importante que la documentación se remita dentro de los siete días posteriores a la fecha de la notificación.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que, si la Junta Electoral desestima tu solicitud y no te presentas, podrías enfrentarte a sanciones por no cumplir con tu deber electoral sin una justificación válida. De acuerdo con la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), las sanciones específicas incluyen las siguientes:

  • Multas económicas: las multas por no asistir a la mesa electoral sin justificación pueden variar significativamente. Generalmente, pueden oscilar entre 300 y 3.000 euros, dependiendo de la gravedad de la falta y las circunstancias particulares del caso.
  • Responsabilidades penales: en casos extremos, si la ausencia es considerada como una infracción grave que afecta el desarrollo de la jornada electoral, podrías enfrentarte a consecuencias penales. Esto podría incluir cargos que podrían llevar a penas de prisión, aunque estos casos son raros y normalmente se reservan para infracciones muy serias.
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