
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz
Justicia
El Supremo rechaza por unanimidad anular el segundo nombramiento de García Ortiz como fiscal general
El Alto Tribunal ha desestimado con los votos de los cinco magistrados el recurso presentado por la Asociación Profesional Independiente de Fiscales (APIF) contra el acuerdo ministerial que confirmó al jefe del Ministerio Público en su cargo
El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado este martes por unanimidad anular la renovación de Álvaro García Ortiz como fiscal general del Estado. La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo ha adoptado esta decisión, con los cinco votos concurrentes de los cinco magistrados que componen la sección competente, un día antes de que declare como imputado ante el juez Ángel Hurtado por la presunta filtración de datos confidenciales de Alberto González Amador, el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
Así lo ha informado esta mañana el Alto Tribunal que ha adelantado su fallo y que en los próximos días hará pública la sentencia que contiene los argumentos en los que sustenta su decisión. La resolución, ponencia del magistrado José Luis Requero, ha recibido el aval de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, encabezada por el presidente en funciones de la misma, el juez Pablo Lucas.
Resuelta la primera gran incógnita sobre el futuro profesional de García Ortiz, tras quedar desestimado el recurso que presentó la Asociación Profesional Independiente de Fiscales (APIF) contra la decisión del Gobierno de renovarle, en diciembre de 2023, como máximo responsable del Ministerio Público, por su «falta de idoneidad», el fiscal general se enfrenta a su segunda gran cita judicial, inédita en democracia, con el interrogatorio que mañana está llamado a afrontar en el TS, ante el juez Hurtado, como principal imputado en una causa penal por revelación de secretos.
No en vano, las fuentes consultadas por El Debate ya habían aclarado que, con independencia del sentido del fallo que se adoptase este martes, el procedimiento contra García Ortiz iniciado por la pareja de la presidenta de Madrid, continuaría en manos del Supremo. Ello, según explican, porque además de ser fiscal general es fiscal de Sala, cargo que también está aforado ante el órgano jurisdiccional Supremo.Los argumentos del recurso rechazado
Desde que se conociese la intención del Gobierno de renovar a García Ortiz en su cargo, muchas fueron las voces críticas que se opusieron al mismo. La condena a García Ortiz, de la misma Sala Tercera del Supremo que ha salvado la designación, por «desviación de poder» en el ascenso de su predecesora y amiga Dolores Delgado, que se había conocido unos días antes de la decisión del Ejecutivo; y, el dictamen del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) declarando su «inidoneidad» como candidato, eran los principales argumentos en contra de su continuidad.
De hecho, este último aspecto era uno de las razones centrales de la impugnación presentada por la APIF defendía que García Ortiz no era «idóneo» para desempeñar «la jefatura de todos los fiscales de España» por sus actuaciones desde que fue elegido para el cargo.
Además, la entidad hacía hincapié en cómo el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) exige que el candidato a fiscal general deba ser un jurista de reconocido prestigio, un requisito que «si bien podría haber concurrido» en García Ortiz, «decae desde el momento que ha sido condenado por el Supremo» por «desviación de poder».
Subrayaba a su vez que en noviembre de 2023 el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) dictó un acuerdo en el que concluía que no era idóneo para el cargo. La opinión del órgano era obligatoria para el trámite de nombramiento, pero no tenía carácter vinculante. Fue la primera vez que el Consejo se opuso a la designación de un fiscal general.
La defensa de García Ortiz
Por el contrario, García Ortiz había pedido al tribunal que desestimase el recurso al considerar que la asociación solo intentaba «socavar» al Gobierno y conseguir «publicidad». En su escrito de conclusiones, presentado el pasado noviembre, la defensa del fiscal general acusaba a la APIF de basar su impugnación «única y exclusivamente en consideraciones de índole estrictamente subjetiva».
Su abogado sostenía que «lo que se pretende al interponer el recurso» es «que se inicie el proceso judicial, que el nombramiento esté durante varios meses en cuestión y que la asociación demandante obtenga 'publicidad' por medio de este procedimiento, que, según parece, no tiene por otros cauces, y 'socavar' al Gobierno (de turno) que efectúa el nombramiento, eso sí, de modo 'indirecto».
Al margen, el pasado mayo, el fiscal general pidió apartar a cuatro de los magistrados del Supremo que este martes han estudiado el recurso de la APIF. Alegó que eran los mismos que ya dijeron que había actuado con «desviación de poder» al proponer a Delgado como fiscal de sala.
El magistrado del Supremo a cargo de resolver dicha petición, Eduardo Calvo, acordó desestimarla al entender que García Ortiz la había presentado fuera del plazo contemplado por la ley.
«Sin necesidad de examinar la endeblez y escasa consistencia de la causa de recusación que se propone, baste señalar que, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 223.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, (...) la formulación de la recusación es extemporánea», concluyó.