Fundado en 1910
El exsecretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán

El exsecretario de Organización del PSOE, Santos CerdánEuropa Press

Tribunales

El Supremo rechaza practicar las nuevas pruebas solicitadas por Santos Cerdán en el 'caso PSOE'

El magistrado Leopoldo Puente descarta por impertinentes e innecesarias las diligencias de instrucción que pedía la defensa del ex secretario e Organización delo PSOE

No hay pertinencia, ni necesidad de practicar la batería de diligencias solicitadas por la defensa del ex número tres de los socialistas, Santos Cerdán. Así ha resuelto el juez instructor del 'caso PSOE', el magistrado Leopoldo Puente, la petición formulada, hace unos días por los abogados del ex diputado, imputado por varios delitos de corrupción que salpican a su propio partido.

En el auto del Supremo, al que ha tenido acceso El Debate, el juez Puente ha descartado la utilidad de las pesquisas instadas por Cerdán y ha dejado constancia, una vez más, de que «la fase de instrucción del proceso penal» no constituye «una suerte de ensayo general o primera vuelta del acto del juicio oral», sino que precisamente se trata del momento en el que «reunir el material necesario, a fin de que pueda adoptarse razonablemente alguna de las resoluciones a las que se refiere el artículo 779.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal».

Es decir, explica el magistrado que, ahora mismo «no resulta preciso que los funcionarios que hubieran podido redactar los correspondientes informes policiales o los peritos que hubieran podido aportar sus conocimientos técnicos al proceso, comparezcan, rituaria e invariablemente, ante el instructor, al efecto de ratificarse en el contenido de unos u otros informes, todo ello salvo que se advierta la necesidad de completar o precisar algún aspecto relevante que aparezca como ambiguo, impreciso o contradictorio y que resulte trascendente a los fines de que pueda adoptarse alguna de las referidas decisiones», al igual que sucede en el caso de los testigos.

De hecho, la resolución dictada por la Sala Segunda del Alto Tribunal considera «evidente que ni en esta causa especial ha resultado inculpado Diputado o Senador alguno (más allá del Sr. Ábalos Meco, para quien se solicitó y obtuvo el correspondiente suplicatorio), ni se ha encargado tampoco a la policía judicial actuante más investigación que la referida» y acotada para apuntalar los indicios necesarios en relación con los delitos que pesan sobre los investigados.

Con esta decisión, el magistrado Puente descarta alterar, a petición interesada de las partes investigadas, el curso de un procedimiento que seguirá vigente, con novedades en las próximas semanas, hasta el mes de marzo, tras la última prórroga decretada por el propio juez. El Supremo tiene pendiente contestar, en el mismo sentido, la petición por la que Santos Cerdán aspira a salir de prisión provisional, lo antes posible.

comentarios
tracking

Compartir

Herramientas