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David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a su llegada a los juzgados

David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a su llegada a los juzgadosEFE

Investigación

La Audiencia de Badajoz manda al banquillo al hermano de Sánchez y concluye que su plaza se fabricó a medida

La Audiencia Provincial de Badajoz ha acordado mandar al banquillo al músico David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. El auto, al que ha tenido acceso El Debate, confirma el procesamiento por un delito de malversación. De esta manera, se da validez a la instrucción que ha llevado a cabo durante los últimos meses la magistrada Beatriz Biedma, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz, y los informes llevados a cabo por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

El auto subraya que la plaza de coordinador cultural se diseñó en exclusiva para él adaptada a sus «exclusivas preferencias personales» con correos electrónicos que demuestran que tanto él como su entorno daban por hecho el nombramiento «23 días antes de la publicación incluso de las bases». Los magistrados remarcan que se trató de una maniobra para asegurarle un cargo fijo con recursos públicos.

Una vez en el puesto, los indicios recogidos apuntan a que Sánchez no cumplía sus funciones de forma presencial. Para ello se apoyan en un correo del propio músico: «En cuanto te incorpores quiero pasar una semana al menos por aquí (lo que denota su ausencia del lugar de trabajo)». A ello se suma la irregularidad en la documentación de su contrato, ya que los informes obligatorios no aparecieron hasta 2025, años después de su supuesta emisión, lo que deja abierta la sospecha de que nunca se elaboraron realmente.

El auto también describe presiones directas para amañar adjudicaciones. Se señala que tanto David Sánchez como otros cargos ejercieron influencia para asegurar colocaciones y contratos, con expresiones como las «presiones que señala el Auto ejercidas (…) a la adjudicación misma de los puestos que realmente se produjeron». En los correos intervenidos, su socio lo llama «hermanito», reflejando una relación personal utilizada para coordinar proyectos con financiación pública.

Los jueces van más allá y apuntan incluso a un posible delito de prevaricación. La denominación de su plaza fue alterada para eliminar incompatibilidades legales, en una decisión que califican de «claramente contra legem». En conjunto, los magistrados concluyen que hay «suficientes indicios» de que David Sánchez se benefició de un cargo fantasma, con documentación manipulada y decisiones administrativas arbitrarias, configurando un trato de favor en toda regla. Otro de los imputados que también se sentará en el banquillo será Miguel Ángel Gallardo, expresidente de la Diputación y líder del PSOE en Extremadura.

Esta decisión judicial confirma lo que la Audiencia ya adelantó en el auto del pasado 10 de febrero, donde la Sala avaló, por un lado, el requerimiento a la UCO para que analizara a fondo los correos electrónicos que fueron intervenidos. En esos mensajes, quedó constatado cómo la Diputación no sólo fabricó a medida el puesto que el hermano de Sánchez ocupó durante siete años, sino que la corporación provincial, gobernada por el PSOE, también diseñó un puesto para Luis María Carrero Pérez, un funcionario de La Moncloa que fue trasladado a Extremadura para que ayudara al músico en sus labores.

La Audiencia pone el foco en Carrero, al que señalan por cooperar en las funciones asignadas al hermano del presidente. También se apunta que existen indicios de criminalidad en la creación y adjudicación del puesto de jefe de sección de Centros y Programas de Actividades Transfronterizas, cargo que ocupó en 2023 tras haber trabajado como asesor en Moncloa.

De esta manera, se responde al hermano del presidente que, a través de su abogado, presentó un recurso contra las actuaciones judiciales de la juez Biedma. En él alegó una «dilatación artificial de la investigación» y la «ausencia de indicios objetivos» sobre la contratación de Carrero. Defendía, además, que los datos surgieron como «hallazgo casual» y no formaban parte de la investigación inicial.

Sin embargo, la Audiencia considera que la fase de instrucción fue necesariamente dinámica y recuerda que no se trata de imputar a terceros, sino de requerir información relevante para esclarecer los hechos. En este sentido, recalca que no hay infracción legal ni constitucional en acordar nuevas diligencias, por lo que desestima el recurso del músico y confirma la instrucción de la magistrada.

¿Conoces algún hecho irregular que quieres que investigue y cuente El Debate? Escribe a investigacion@eldebate.com si tienes pistas o indicios que consideras relevantes. La verdad siempre merece ser contada.

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