Begoña Gómez
La circular de la Fiscalía de 1995 en la que se apoyan los abogados de Begoña para que no vaya ante el juez
El texto jurídico indica que «la presencia del imputado no es indispensable»
Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, no ha acudido este sábado al juzgado de Madrid donde le había citado el magistrado Juan Carlos Peinado para concretar su imputación por malversación, al considerar su defensa que se trata de un trámite en el que su presencia no es indispensable. La misma decisión ha adoptado la asesora de Gómez en el palacio de la Moncloa, Cristina Álvarez, que también estaba citada, y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre.
Las defensas se han basado para tomar esta decisión en una circular de la Fiscalía del 29 de diciembre de 1995, mismo año de la ley del jurado, que avala que solo acudan los abogados a este tipo de vistas.
«En cuanto al imputado, porque, como ya se ha visto, el traslado de la imputación ha debido hacerse en un momento anterior. En la comparecencia sólo se van a concretar los términos de tal imputación y siempre ante la presencia de su letrado. La presencia del imputado no es indispensable. En la comparecencia, como se verá enseguida, no se practican diligencias de instrucción y por tanto, tampoco la declaración del imputado», reza la circular, nº4/1995.
El magistrado fijó esta comparecencia este sábado a las 18:00 horas después de decidir que en el caso de que esta pieza separada en la que se investiga un delito de malversación llegase a juicio, sea enjuiciada ante un tribunal del jurado.
El juez Peinado investiga en esta pieza el nombramiento de Cristina Álvarez como asesora de Begoña Gómez y si pudo haber malversación en el caso de que haya desempeñado funciones privadas para la mujer del presidente del Gobierno, vinculadas a su faceta profesional, pero pagadas con fondos públicos.
La pieza discurre al margen del procedimiento principal, en el que Peinado investiga a Begoña Gómez por delitos de corrupción en los negocios, intrusismo, tráfico de influencias y apropiación indebida.
Tras concluirse el acto jurídico, el abogado de Gómez, el exministro socialista Ignacio Camacho, ha indicado que «cuando se promulga la ley del jurado el texto de la ley es claro, y la circular que hace» la Fiscalía «es determinar que la presencia del investigado constituye un derecho y no una obligación». «No se ha planteado en ningún momento que mi representada tenga que estar aquí. El acto se ha desarrollado de acuerdo a la ley del jurado. Y la presencia del investigado no suele ser habitual», ha añadido para también asegurar que «las tres defensas han pedido el archivo del caso».