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La mujer del Presidente del Gobierno, Begoña Gómez

La mujer del Presidente del Gobierno, Begoña Gómez

Begoña Gómez, su asesora y el delegado del Gobierno en Madrid no acuden a la citación del juez Peinado

El magistrado había dictaminado que los tres imputados tenían que acudir «personalmente»

La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, ha decidido no asistir este sábado a la citación que el juez Juan Carlos Peinado le había hecho este sábado para informarle de que en el supuesto de que sea procesada por un delito de malversación sería enjuiciada por un jurado popular. Fuentes de la Moncloa han adelantado al progubernamental diario El País que en casos como el de la esposa de Pedro Sánchez es «habitual» que los imputados puedan delegar estos trámites en su representación jurídica.

De igual forma, también han decidido no asistir a los Juzgados de Plaza Castilla los otros dos investigados por el titular del Juzgado de Instrucción Nº41 de Madrid que estaban citados hoy junto a Gómez; Cristina Álvarez –exasesora de la Moncloa que trabajó para la mujer de Sánchez– y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre.

Los tres imputados han decidido tomar esta decisión a pesar de que el magistrado Peinado dictó un auto el pasado 23 de septiembre en el que señalaba que tenían que acudir «personalmente»: «Se convoca la comparecencia prevista en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal Del Jurado, señalándose para su celebración el próximo día 27 de septiembre de 2025, a las 18,00 horas, debiendo ser citadas las partes personadas a través de su representación procesal, y los investigados, personalmente, a través de la Unidad Orgánica de Policía Judicial adscrita a estos Juzgados».

Este sábado se celebra la «comparecencia prevista en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado» con el fin de informarles de que el juez ha acordado transformar las diligencias de investigación relativas a esta pieza separada para que, en caso de que sean juzgados por malversación, lo haga un jurado popular y no un tribunal.

Begoña Gómez y Cristina Álvarez, asesora de Moncloa

Begoña Gómez y Cristina Álvarez, asesora de MoncloaEFE

El mencionado artículo 25 impone que, dado este paso, el juez «lo pondrá inmediatamente en conocimiento de los imputados» y, «con objeto de concretar la imputación, les convocará en el plazo de cinco días a una comparecencia, así como al Ministerio Fiscal y demás partes personadas».

Según fija la ley, en la comparecencia el juez «comenzará por oír» a la Fiscalía y al resto de acusaciones –en este caso, la acusación popular dirigida por Hazte Oír–, «quienes concretarán la imputación». Luego será el turno de las defensas, que podrán reclamar el archivo. Todas las partes «podrán solicitar las diligencias de investigación que estimen oportunas».

Las defensas se han basado en una circular de la Fiscalía del 29 de diciembre de 1995, mismo año de la ley del jurado, para determinar que sus defendidos no asistan a la citación. Según su postura, el documento avala que solo acudan los abogados a este tipo de vistas.

Así, tras concluirse el acto jurídico, el abogado de Gómez, el exministro socialista Ignacio Camacho, ha indicado que «cuando se promulga la ley del jurado el texto de la ley es claro, y la circular que hace» la Fiscalía «es determinar que la presencia del investigado constituye un derecho y no una obligación». «No se ha planteado en ningún momento que mi representada tenga que estar aquí. El acto se ha desarrollado de acuerdo a la ley del jurado. Y la presencia del investigado no suele ser habitual», ha añadido para también asegurar que «las tres defensas han pedido el archivo del caso».

Por su parte, el letrado de Hazte Oír, Javier Pérez Roldán, se ha limitado ha manifestar que «no hago valoraciones referentes a la instrucción», mientras que el abogado Luis María Pardo –de Iustitia Europa– ha aseverado la decisión de no acudir «corresponde al derecho de defensa, y de las investigadas», y que en este supuesto «las estrategias de defensa entienden que no debían comparecer». Igualmente, ha resaltado que esta postura «es interpretable» y que quien debe valorar las consecuencias son «la Fiscalía o el magistrado instructor».

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