La directora del Centro Nacional de Inteligencia, Paz Esteban
Centro Nacional de Inteligencia Varapalo al separatismo con los dos primeros sobreseimientos de causas Pegasus contra la exdirectora del CNI
EL Juzgado de Instrucción nº 24 de Barcelona ha acordado los dos primeros sobreseimientos provisionales de las causas abiertas por el uso del software Pegasus contra la exdirectora del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Paz Esteban, al no apreciar indicios suficientes de delito tras la práctica de las diligencias de investigación. La decisión supone un varapalo judicial al independentismo y un golpe a su estrategia permanente contra el CNI. Una estrategia marcada por los bulos y las campañas de desinformación para intentar manchar la imagen del Centro.
Las resoluciones judiciales, dictadas en autos distintos pero con un razonamiento jurídico prácticamente idéntico, concluyen que no ha quedado debidamente justificada la perpetración del delito que motivó la apertura de las causas, lo que lleva a los jueces a aplicar los artículos 779.1.1ª y 641.1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y a decretar el archivo provisional de las actuaciones.
La exdirectora del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Paz Esteban, en una imagen en 2020
Se trata de las primeras decisiones judiciales de fondo que afectan directamente a la exdirectora del CNI en el denominado caso Pegasus, una causa fragmentada en múltiples procedimientos individuales a raíz de las querellas presentadas por dirigentes independentistas catalanes que denunciaron haber sido espiados mediante este programa de interceptación telefónica.
Falta de indicios tras la investigación
En ambos autos queda constancia de que, durante la fase de instrucción, se han practicado cuantas diligencias de investigación se han estimado esenciales para esclarecer los hechos, determinar su naturaleza y concretar la posible participación de las personas investigadas. Sin embargo, el resultado de esas actuaciones no permite sostener las acusaciones lanzadas desde el independentismo.
Las resoluciones ponen de manifiesto que no han existido a lo largo del procedimiento elementos suficientes para atribuir responsabilidad penal a la entonces directora del CNI. Sin embargo, desde el separatismo y sus medios afines se lanzó una campaña de intoxicaciones contra Paz Esteban que aún persiste.
Un precedente relevante
Por eso, estos dos sobreseimientos constituyen un precedente relevante dentro del entramado judicial del caso Pegasus. Desde el inicio de las investigaciones, la defensa ha sostenido que cualquier intervención de comunicaciones realizada por el CNI se habría llevado a cabo con cobertura legal y autorización judicial, en el marco de la Ley reguladora del control judicial previo del Centro Nacional de Inteligencia.
Los primeros archivos provisionales suponen un espaldarazo a los argumentos de la exdirectora del CNI y pueden marcar la pauta de futuras resoluciones, al fijar un criterio claro sobre la exigencia probatoria necesaria para mantener imputaciones penales contra responsables del CNI.
Las resoluciones no son firmes. Contra ellas cabe recurso de reforma, ante el propio juzgado, en el plazo de tres días, o recurso de apelación, directamente ante la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona, en el plazo de cinco días, conforme a lo previsto en el artículo 766 de la LECrim.
Pegasus es un programa desarrollado por el grupo empresarial israelí NSO Group, que opera bajo distintas denominaciones:
• NSO Group Technologies Limited / Q Cyber Technologies en Israel
• OSY Technologies SARL en Luxemburgo (propietaria del grupo)
El software permite interceptar comunicaciones y acceder a contenidos del teléfono móvil, aprovechando vulnerabilidades de aplicaciones como WhatsApp.
En un auto anterior al sobreseimiento, fechado el pasado 14 de enero, el juzgado practicó una serie de diligencias de investigación, especialmente en lo relativo a las empresas que desarrollan y comercializan Pegasus.
Por ello acordó:
• Tomar declaración como investigado al representante legal de OSY Technologies SARL en Luxemburgo.
• Requerir a esta empresa abundante documentación, entre ella:
• Si Pegasus fue vendido a organismos del Estado español.
• Qué organismos lo adquirieron y quiénes actuaron como interlocutores.
• Contratos, pagos, formación, soporte técnico y documentos de cumplimiento legal.
• Registros técnicos (logs) sobre el uso del software en España.
• Información sobre usuarios, sistemas infectados y localización de los mismos.
• Identidad de directivos y responsables desde 2016.
• Existencia de sistemas de cumplimiento normativo penal.