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VALENCIA, 10/06/2025.- El exministro José Luis Ábalos realiza declaraciones a los medios de comunicación este martes, tras el registro por agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil de su vivienda en València, en el marco de la investigación abierta contra él en el Tribunal Supremo por el denominado caso Koldo.- EFE/ Ana Escobar

José Luis Ábalos, en la puerta del portal donde vivía en ValenciaEFE

El Congreso niega a Ábalos el finiquito que pedía, valorado en unos 55.000 euros

El exministro anunció a comienzos de año que se jubilaba. Según el informe de los letrados de la Cámara, la indemnización resulta incompatible con cualquier otro ingreso regular, como una pensión

Los servicios jurídicos del Congreso de los Diputados han rechazado la solicitud de indemnización presentada por el exdiputado socialista y antiguo dirigente del PSOE José Luis Ábalos, al considerar que no tiene derecho a percibir dicha compensación tras haber sido suspendido de sus derechos y deberes parlamentarios en el momento en que renunció a su acta.

Ábalos, que permanece en prisión por su presunta implicación en el denominado caso Koldo, había dirigido un escrito a la Mesa del Congreso para reclamar la indemnización por cese prevista en el Reglamento de la Cámara. La cuantía solicitada, según distintas fuentes, estaría entre los 52.000 y los 57.000 euros.

De acuerdo con la información facilitada a la agencia Efe por fuentes parlamentarias, los letrados del Congreso han emitido un informe desfavorable a la petición del exministro. El criterio jurídico se apoya en precedentes anteriores, ya que, según recuerdan, ninguno de los diputados que fueron suspendidos en el pasado llegó a percibir la indemnización regulada en el artículo 12 del Reglamento de la Cámara Baja.

El documento elaborado por los servicios jurídicos, que figura en el orden del día de la reunión de la Mesa del Congreso celebrada este martes, va más allá y precisa que la propia Cámara ha interpretado de forma reiterada que los acuerdos de suspensión adoptados hasta ahora afectan al conjunto de los derechos, prerrogativas y beneficios inherentes a la condición de parlamentario. En este sentido, los letrados subrayan que no resulta razonable sostener que la pérdida del escaño implique la recuperación de unos derechos que ya no estaban vigentes con anterioridad.

Asimismo, el informe recuerda la finalidad concreta de la indemnización por cese, que no es otra que paliar las dificultades que pueden surgir cuando un diputado abandona la vida parlamentaria y debe reincorporarse a su actividad profesional previa. Esta compensación pretende cubrir, en particular, la ausencia de una prestación por desempleo, dado que el mandato parlamentario carece de esa cobertura específica.

Por este motivo, añaden los servicios jurídicos, la percepción de la indemnización resulta incompatible con cualquier otro ingreso regular, como puede ser una pensión de jubilación. Ambas retribuciones, indemnización y pensión, no pueden acumularse, ya que su combinación desvirtúa el objetivo para el que fue diseñada la prestación prevista en el Reglamento de pensiones parlamentarias.

Incompatibilidades

En este punto, el informe incide en que la norma busca proteger situaciones de desamparo económico tras el cese en el cargo, una circunstancia que no concurre cuando el beneficiario accede a otra fuente estable de ingresos. De este modo, la interpretación mantenida por los letrados refuerza la idea de que la indemnización no tiene carácter automático, sino que está sujeta a condiciones estrictas vinculadas a su finalidad social.

Cabe recordar que, tras formalizar su renuncia al acta de diputado, el que fuera ministro de Transportes comunicó públicamente el pasado 29 de enero su decisión de retirarse de la vida activa y acogerse a la jubilación. En ese anuncio, Ábalos argumentó que se encontraba «privado» de cualquier ingreso y de protección social, una situación que, a su juicio, justificaba su paso a la jubilación.

Con la decisión de los servicios jurídicos, la Mesa del Congreso dispone ahora de un respaldo técnico para desestimar definitivamente la petición de indemnización. La resolución se enmarca en una línea de actuación coherente con precedentes anteriores y deja patente la interpretación restrictiva que la Cámara mantiene respecto a los derechos económicos de los diputados suspendidos.

Queda por ver si el exdirigente socialista optará por impugnar esta decisión o si asumirá el criterio fijado por los letrados parlamentarios.

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