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El exjefe militar de ETA Garikoitz Aspiazu Rubina, alias 'Txeroki', a su salida de la prisión de Martutene, a 9 de febrero de 2026, en San Sebastián, Guipúzcoa, País Vasco (España). El Gobierno del País Vasco ha concedido al exjefe militar de ETA Garikoitz Aspiazu Rubina, conocido como ‘Txeroki’, el régimen de semilibertad, medida que le permite salir del centro penitenciario de lues a viernes regresando cada noche a dormir a la cárcel de Martutene.

Unanue / Europa Press
09 FEBRERO 2026
08/2/2026

El exjefe militar de ETA Garikoitz Aspiazu Rubina, alias 'Txeroki', a su salida de la prisión de MartuteneJose Ignacio Unanue

La Fundación Broseta condena la salida de la cárcel del etarra 'Txeroki': «No ha mostrado arrepentimiento»

La fundación que recibe el nombre del jurista, senador y maestro asesinado por ETA, Manuel Broseta, ha condenado y lamentado la concesión de régimen de semilibertad al etarra

La Fundación Profesor Manuel Broseta ha lamentado y condenado la concesión de beneficios para Garikoiz Aspiazu, alias Txeroki, quien, asegura, ni ha mostrado arrepentimiento, ni ha pedido perdón, ni ha reparado el daño causado, ni ha colaborado en el esclarecimiento de los muchos atentados cuya autoría no ha podido ser determinada.

Así se ha pronunciado la Fundación, en un comunicado remitido este lunes, ante la concesión de un régimen de semilibertad a Garikoiz Aspiazu, condenado a más de 400 años de prisión por graves delitos de terrorismo y por su pertenencia a la organización criminal ETA.

La Fundación en memoria del jurista, senador y profesor universitario Manuel Broseta, asesinado en Valencia por ETA en 1992, ha recordado que la legislación penitenciaria española establece que cualquier progresión de grado o acceso a regímenes de semilibertad debe ajustarse estrictamente a los principios de legalidad, individualización y reinserción social, conforme al artículo 25.2 de la Constitución Española.

En el ámbito de los delitos de terrorismo, el ordenamiento jurídico ha previsto requisitos reforzados, entre ellos la desvinculación expresa de la organización terrorista, la colaboración efectiva con las autoridades en el esclarecimiento de crímenes cuya autoría se desconoce y la manifestación inequívoca de arrepentimiento y reparación, en los términos establecidos por la ley y la jurisprudencia.

Según la Fundación, la concesión de beneficios penitenciarios en ausencia de esos elementos «compromete la coherencia del sistema penal y puede generar una grave desafección en las víctimas y en la sociedad, que han confiado siempre en la firmeza del Estado democrático frente a quienes atentaron contra la vida y la libertad».

«El respeto a la dignidad de las víctimas del terrorismo exige que cualquier decisión penitenciaria sea plenamente transparente, jurídicamente fundada y estrictamente ajustada a los requisitos legales», afirma en el comunicado.

La Fundación reitera su compromiso con la memoria de las víctimas, con la defensa del Estado de derecho y con la aplicación rigurosa de la ley, «sin excepciones ni interpretaciones que puedan debilitar los principios que han permitido derrotar al terrorismo dentro del marco constitucional».

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