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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el pasado viernes en la Moncloa

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el pasado viernes en la MoncloaEuropa Press

Tribunales

La Fiscalía respalda al PP contra el Gobierno y pide al Constitucional que anule 71 prórrogas «injustificadas» a las enmiendas de un proyecto de ley

El Ministerio Público considera que hay argumentos jurídicos para estimar el recurso de amparo instado por los 'populares' frente a la decisión de la Mesa del Congreso, que preside la socialista Francina Armengol

El PSOE justificó la petición de hasta 71 prórrogas al plazo de presentación de enmiendas, de un proyecto de ley que debía seguir tramitación de urgencia –según el acuerdo del Congreso, dada la «extraordinaria necesidad» de la materia que trataba–, sin «razonamiento» que justificase, mínimamente, la privación del derecho de los diputados a realizar su función legislativa, sin «bloqueos» indebidos. Un «ejercicio de filibusterismo» parlamentario que, según los argumentos presentados por la oposición del PP, puso en evidencia el uso del Reglamento del hemiciclo como pura arma de control político.

Por ello, en un informe técnico al que ha podido tener acceso El Debate, la Fiscalía del Tribunal Constitucional (TC) apoya la admisión del recurso de amparo que el Grupo parlamentario del Partido Popular presentó contra la decisión de la Mesa, presidida por la socialista Francina Armengol, de autorizar dicho despropósito. A juicio de la Fiscalía, se trató de un acto «arbitrario» que nada tenía que ver con la organización de los tiempos de la Cámara Baja y que condenó, durante casi dos años, la aprobación de las modificaciones a la norma afectada.

El Ministerio Público ha tenido en especial consideración el hecho de que la norma afectada por las sucesivas dilaciones era un proyecto de reforma que, a su vez, derivaba del Real Decreto-Ley 36/2020 aprobado por el Gobierno, el 30 de diciembre de 2020, con el objetivo de gestionar la ejecución de un fondo europeo de 140.000 millones de euros para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, económica y social de nuestro país, tras el parón de la pandemia de la Covid.

«El déficit de motivación del acuerdo de ampliación del plazo de enmiendas se hace aún más evidente cuando, en respuesta a lo alegado en la solicitud de reconsideración presentada por el Grupo Parlamentario Popular, no se hace ningún razonamiento que permita excluir que no se estaba vulnerando el derecho de los diputados a participar en la función legislativa, bloqueando, indebidamente, la normal tramitación de una iniciativa legislativa que seguía el procedimiento de urgencia», reza el documento consultado por este diario.

En tal sentido, la Fiscalía, en amparo del ejercicio de representación parlamentaria, considera que se afectaron gravemente no sólo los derechos del artículo 23.2 de la Constitución, vinculados a la representación política sino, además, y como resultado derivado del anterior, el derecho de los ciudadanos a participar en la toma de decisiones de representación, a través de los diputados elegidos democráticamente para ello.

Si bien la posición del Ministerio Público es preceptiva pero no vinculante, sin duda, supone un espaldarazo a las pretensiones de la oposición política que serán analizadas, esta misma semana, en el Pleno convocado por el TC para deliberación y votación de éste y otros asuntos. El magistrado encargado de la redacción de la sentencia será Enrique Arnaldo, experto en materia de Derecho Parlamentario ya que, en su etapa anterior a incorporarse al órgano de garantías, tras su última renovación, fue Letrado en Cortes.

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