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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante el acto de clausura de la presentación de la propuesta de Plan Social para el Clima, en Espacio Rastro, a 25 de mayo de 2026, en Madrid (España). El Plan objetivo general tiene como objetivo impulsar una transición ecológica socialmente justa, prestando especial atención a los efectos de ampliación del mercado de derechos de emisión a sectores como el transporte por carretera y los edificios, prevista a partir de 2027.

Ricardo Rubio / Europa Press
25/5/2026

Los altos cargos de la SEPI (presidente y vicepresidente) son nombrados por el Gobierno mediante real decretoEuropa Press

Altos cargos contrataron por 170.000 euros a Ernst & Young para que la SEPI pague menos impuestos a la AEAT

La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales le paga a una de las firmas de auditoría y consultoría más grande del mundo para asesoramiento fiscal

La presidencia de la SEPI contrató a una de las firmas de auditoría y consultoría más grande del mundo, Ernst & Young, para que le asesore sobre los impuestos que las empresas que forman parte del grupo deben pagar a la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) o hay opciones de no hacerlo.

Para este trabajo la SEPI (siglas de Sociedad Estatal de Participaciones Industriales) lanzó un procedimiento de contratación con el que terminó adjudicando a Ernst & Young el asesoramiento tributario por más de 170.000 euros (en concreto, 172.425 euros). Ernst & Young es una de las llamadas ‘Big Four’ junto con Deloitte, PwC y KPMG.

El motivo de la contratación de esta empresa tan importante es el asesoramiento que dice necesitar la SEPI para aplicar una serie de normas internacionales y nacionales relativas a la imposición mínima global.

Dichas normas dicen buscar poner fin a las prácticas fiscales de las multinacionales que trasladan sus beneficios a países o territorios en los que no están sujetas a imposición o lo están pero de forma baja. Primero, la OCDE desarrolló en este sentido el documento «Desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía-Normas modelo contra la erosión de la base imponible (Pilar Dos)», aprobado en diciembre de 2021 y al que se adhirieron los Estados miembros de la Unión Europea.

15 por ciento de impuesto

En el ámbito de la Unión Europea, se aprobó una directiva -la 2022/2523 de diciembre de 2022- para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos de empresas multinacionales. Esta directiva debía ser transpuesta por todos los Estados miembros y así llega la norma española: Ley 7/2024 por la que se establece un impuesto complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud.

La directiva europea establece una imposición mínima global del 15 por ciento a empresas multinacionales y grupos nacionales de gran magnitud cuyo importe neto de la cifra de negocios consolidado sea igual o superior a 750 millones de euros en, al menos, dos de los cuatro últimos ejercicios inmediatamente anteriores.

La SEPI entiende que estas normas le afectan porque «el importe neto de la cifra de negocios del Grupo SEPI supera ampliamente los 750 millones anuales».

La SEPI en América, Asia y África

Además, tal y como sostiene el propio pliego de la contratación, el Grupo SEPI opera en distintas jurisdicciones internacionales en Europa, América, Asia y África «a través de sociedades en las que es accionista único, como Navantia, que tiene filiales en Arabia Saudí , Australia y Reino Unido, disponiendo asimismo de establecimientos permanentes en países como India, Qatar, Turquía, Estados Unidos y Francia». También incluyen a la Agencia EFE, que forma parte de la SEPI, y «que dispone de una sociedad en Estados Unidos y distintos establecimientos permanentes en cuarenta jurisdicciones internacionales (comunitarias y extracomunitarias)».

Adicionalmente, TRAGSA, también dentro del Grupo SEPI, «dispone de establecimientos permanentes en Costa Rica, Ecuador, Mauritania o Níger, entre otros».

La SEPI pretende con el contrato adjudicado a Ernst & Young comprobar si puede no tributar por el impuesto complementario en 2024 o, en su defecto, tributar solo cuando y donde corresponda. El trabajo a realizar por esta ‘Big Four’ consta de cuatro fases en las que se pide, en primer lugar, determinar el «perímetro» del grupo sometido al nuevo impuesto global mínimo. En segundo lugar, la SEPI pretende que la empresa contratada les marque si pueden ‘escaquearse’ del pago del impuesto acogiéndose a una disposición adicional de la ley por la que quedarían exentas. Así se refleja en la segunda fase que ha de desempeñar Ernest & Young. Se pretende saber si se puede aplicar al grupo alguno de los denominados «puertos seguros» previstos en la disposición transitoria cuarta de la ley 7/2024 con respecto al ejercicio 2024.

Cálculos para tributación mínima

Así, el pliego señala que «el objetivo de esta fase será valorar si para el grupo SEPI podría a no ser exigible el impuesto complementario para el periodo 2024 considerado como transitorio, de conformidad con la información incluida en la declaración informativa denominada «país por país» que el grupo presenta anualmente ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (...) -siempre que pueda considerarse «admisible» (...) o, en su defecto, determinar las jurisdicciones en las que habrá que realizar los cálculos correspondientes para la correcta determinación del impuesto complementario».

En la tercera fase se pretende que se haga un análisis de la información financiera y en la última «cálculos de la tributación mínima y asistencia en la presentación de las comunicaciones, declaraciones informativas y declaraciones tributarias en las distintas jurisdicciones relativas al ejercicio 2024».

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