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Begoña gómez y Cristina Álvarez, asesora de Moncloa

La asesora de Begoña usó un artículo del 'Marca' para rebatir la tesis «falsa» del juez Peinado con el software

La defensa de la procesada Cristina Álvarez –la asesora de Presidencia que trabajó para Begoña Gómez, la mujer del presidente del Gobierno– incluyó en uno de sus escritos de defensa un artículo del periódico deportivo Marca para rebatir la tesis «falsa» y «comprada» por el juez instructor Juan Carlos Peinado sobre los hechos del dominio del software de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) que son objeto de investigación.

Artículo de Marca incluido en un escrito de la defensa de Cristina Álvarez, la asesora de Begoña Gómez en la Moncloa

Así las cosas, en su escrito de adhesión al «recurso de apelación» interpuesto por la Fiscalía contra el auto que procesa tanto a Gómez como a Álvarez, la letrada de la asesora de la Moncloa incluye un epígrafe titulado «El dominio se inscribió a nombre de doña Begoña siguiendo instrucciones de la UCM. El software no se inscribió a favor de nadie, ni de la UCM, ni de doña Begoña».

«Nos vemos obligados, en este punto, a deshacer una confusión creada por la acusación popular –y comprada por el Ilmo. Magistrado Instructor–, sobre los hechos. Pretende el Auto recurrido, siguiendo a la acusación popular, hacernos creer que lo que se iba a inscribir en la OTRI a favor de la UCM es lo mismo que se acabó inscribiendo subrepticiamente a favor de doña Begoña. Pero eso es falso», se añade en el documento incluido en el sumario de la causa, al que ha tenido acceso El Debate.

De esta forma, para los letrados de Álvarez «es importante distinguir dos conceptos», por un lado «una cosa es el software, es decir, el activo inmaterial sujeto a propiedad intelectual, la invención sujeta a derechos de autor, que debía registrarse en el Registro de la Propiedad Intelectual a través de la OTRI», y «otra cosa es el dominio web, que es la dirección que los internautas escriben en su navegador para acceder a un sitio web, y que puede registrarse en cualquier registrador de dominios».

A modo de ejemplo, el escrito indica que «cuando un periodista publica un artículo en un medio digital, ese artículo está sometido a derechos de autor, y se puede registrar en el Registro de la Propiedad Intelectual como obra literaria».

«A su vez, ese artículo está alojado en un dominio web, que es la dirección que el internauta puede escribir en su página web para acceder a ese artículo y leerlo. Ese dominio web habrá sido registrado por el medio digital en un registrador de dominios», se agrega.

Para ilustrar esta referencia, la defensa de la que fuera asesora de la mujer de Sánchez incluye una imagen de un artículo de Marca, titulado «El Atlético lo vuelve hacer» y publicado el pasado 15 de abril. Tras ello, el documento asevera que «en el caso de la Cátedra Extraordinaria objeto de la presente causa, se elaboró un software, activo inmaterial que, para proteger el derecho a la propiedad intelectual y evitar posibles plagios en el futuro, se podía registrar, como invención de obra, en el Registro de la Propiedad Intelectual». Además, indica que «ese software se alojó en una página web, con un dominio que permitiese a los internautas acceder a él, y que se podía registrar, para poder ser accesible en internet, en un Registrador de dominios».