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David Sánchez Pérez Castejón declara como investigado ante la Audiencia Provincial de Badajoz

EUROPA PRESS
04/6/2026

David Sánchez Pérez Castejón declara como investigado ante la Audiencia Provincial de Badajoz EUROPA PRESS 04/6/2026Europa Press

El juez ordena reproducir la primera declaración de David Sánchez por apreciar contradicciones con la de hoy

Lo ha considerado tras la petición del abogado de Manos Limpias, José María Bueno

El presidente de la Sala de la Audiencia Provincial de Badajoz, José Antonio Patrocinio, que juzga al hermano del presidente del Gobierno, David Sánchez, ha aceptado la petición del abogado de Manos Limpias, José María Bueno, y ha considerado que se lea en instrucción su declaración al entender que hay contradicciones con lo que ha declarado este jueves.

El objetivo, según ha explicado Bueno, es que en esta declaración en la fase de instrucción, David Sánchez «declaró sobre cuestiones que no ha declarado hoy», y ha apuntado una «cierta contradicción» entre sus dos declaraciones «en lo poco que ha declarado».

El letrado de Manos Limpias ha propuesto a la sala los minutos concretos de esta declaración que deberían escucharse, cuando habla sobre asuntos como el proyecto que presentó en el proceso de selección del puesto, la búsqueda de un piso en alquiler o sus funciones de trabajo.

El presidente de la sala ha accedido a la petición aludiendo a una sentencia del Tribunal Supremo del 30 de abril de 2025, que fue «ratificada por otra de 22 de abril de 2026, en un caso idéntico a este», y de la que ha leído algunos fragmentos.

De acuerdo a esta sentencia, se establece que «el tribunal de instancia puede otorgar prevalencia para fundar su convicción a la prueba practicada en la fase de instrucción sobre la practicada en el plenario, caso de discordancia entre ambas», tal y como ha puesto de manifiesto el letrado de Manos Limpias, según ha explicado Patrocinio.

Una prueba a la que se puede acudir siempre que aquella se haya practicado judicialmente con las debidas garantías y se haya sometido a efectiva contradicción en el acto del juicio oral, «como ha ocurrido en este caso porque aquella declaración se practicó con las debidas garantías», ha señalado el presidente de la sala.

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