El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero
El juez rechaza aplazar la declaración de Zapatero sobre las joyas encontradas en su despacho
El magistrado explica que la citación no supone «merma real en su derecho de defensa»
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado la petición del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero de no ser interrogado mañana acerca de las joyas halladas en el registro de su oficina, valoradas en 1,3 millones de euros y por las que se le ha abierto una pieza separada.
Así consta en un auto, en el que el magistrado que investiga el caso Plus Ultra explica que la citación no supone «merma real en su derecho de defensa» por cuanto los hechos sobre los que versa su declaración son los mismos que ya constan en la causa principal, sin que la pieza separada de las joyas haya introducido hechos nuevos ni alterado el objeto de la imputación.
Zapatero había pedido que en su declaración como investigado sólo se le interrogue respecto a su presunto papel en el rescate de la aerolínea, pero no sobre las joyas en la pieza separada abierta por presuntos delitos fiscal y de contrabando, ya que considera necesario más tiempo para poder preparar su defensa.
El magistrado comunicó el viernes a Zapatero su imputación en una pieza separada por presuntos delitos fiscal y de contrabando en relación con las joyas halladas en el registro de su despacho, al considerar que el origen de las mismas «no está justificado».
El expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, en una imagen de archivo
Calama señaló que también tendrá que responder por estos hechos en la declaración. El magistrado acordó realizar una tasación de las joyas que fue encargada a la joyería Ansorena y el Instituto Gemológico Español, con el objetivo de «determinar su naturaleza, autenticidad y valor económico de reposición», así como el fabricante, el sello o la marca del joyero y la fecha aproximada de fabricación.
Así las cosas, indicó que, una vez recibido el resultado la tasación preliminar, y sin perjuicio de una pericial posterior que abarque otros datos analíticos de interés, la posesión de bienes de lujo de elevado valor, unida a la ausencia de trazabilidad fiscal sobre su adquisición, constituye «un indicio objetivo y racional de la posible existencia de una defraudación tributaria relevante».
Y es que, según Calama, «la adquisición de joyas del valor indicado genera necesariamente obligaciones fiscales, ya sea en concepto de IVA, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, e IRPF, según la naturaleza del negocio jurídico».