Imagen de las papeletas de las elecciones generales de 2023
Una denuncia lleva ante la JEC el «incumplimiento» de cuatro resoluciones de Transparencia sobre Indra y las nacionalizaciones de la ley de nietos
El denunciante pide a la máxima autoridad electoral que obligue a Interior y a Exteriores a cumplir cuatro resoluciones del Consejo de Transparencia desobedecidas, que audite el incumplimiento de las recomendaciones de la OSCE y que aparte a INDRA del recuento tras la condena del Tribunal Supremo por un cártel de licitaciones
La Junta Electoral Central (JEC) ha recibido una denuncia que reúne, en un solo frente, buena parte de las dudas planteadas en los últimos años sobre la transparencia del recuento electoral en España y sobre la aplicación de la Ley de Memoria Democrática. El escrito, presentado el 5 de julio de 2026 por Guillermo Miguel Rocafort Pérez, solicita a la máxima autoridad electoral que intervenga ante el reiterado incumplimiento del Gobierno.
El denunciante adjunta cuatro resoluciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) que ganó frente a dos ministerios –Interior y Asuntos Exteriores– y sostiene que ninguna se ha cumplido. Pide a la JEC que, «como máxima autoridad electoral», requiera su cumplimiento, que encargue una auditoría sobre esos incumplimientos y sobre las recomendaciones electorales de la OSCE, y que excluya a INDRA de sus funciones electorales.
Cuatro resoluciones a favor, ningún cumplimiento acreditado
Las cuatro resoluciones que respaldan la denuncia proceden del mismo órgano y del mismo reclamante. Tres se dirigen contra el ministerio de Fernando Grande-Marlaska y giran sobre el papel de Indra en el escrutinio: los informes sobre las caídas de la web del cómputo provisional; el seguimiento de las sanciones y auditorías de la empresa; y las incidencias del 23-J, incluidos el simulacro y los fallos del recuento provisional del 10-N de 2019. En las tres, el Consejo estimó parcialmente la reclamación y reprochó a Interior escudarse de forma genérica en la «confidencialidad» del contrato y en «motivos de seguridad» sin ponderar el acceso parcial que exige la ley.
La cuarta, dictada contra el Ministerio de José Manuel Albares (expediente 60/2023), es la de mayor alcance por el giro radical que introduce en la ley de nietos al exceder el ámbito de aplicación de la ley al exilio político, tal y como la aprobaron las Cortes: el CTBG la estimó por completo y ordenó entregar las circulares enviadas a los consulados de todo el mundo sobre la aplicación de la Ley de Memoria Democrática y las nacionalizaciones que contempla, como adelantó El Debate. El Consejo rechazó que fueran «meras comunicaciones» internas y concluyó que contienen «las pautas interpretativas» de la ley y «las instrucciones a seguir respecto de las solicitudes de nacionalizaciones», con «un componente decisivo» en la actuación de la Administración.
Ni Albares ni Marlaska cumplieron lo ordenado.
El hilo de la ley de nietos
Es en la resolución de Exteriores donde el asunto conecta con el voto exterior. Al reproducir la reclamación, el documento describe la llamada «circular de Albares», que anticipaba un «volumen significativo» de solicitudes de nacionalidad en los primeros días de vigencia de la ley, ordenaba reforzar los consulados más afectados y crear turnos «especiales» de atención. Esa circular, según la lectura que recoge el propio escrito, sería «una prueba del interés» del ministro «para que se agilicen las nacionalizaciones antes del ciclo electoral de 2023».
El escrito pide además excluir a Indra del recuento a raíz de una condena reciente. El Tribunal Supremo confirmó una multa de 13,5 millones de euros impuesta por la CNMC a Indra por su participación en un cártel que alteró la competencia en licitaciones públicas de servicios de tecnologías de la información. Se trata de la sentencia 640/2026, de 26 de mayo, que ratifica la resolución de la CNMC de 2018 y una sentencia de la Audiencia Nacional de 2023, y considera a la compañía líder e instigadora de un cártel operativo entre 2005 y 2015 en concursos de organismos como la Agencia Tributaria, la Seguridad Social o el SEPE.
Se trata de una sanción en materia de competencia por contratos tecnológicos, no una condena por su labor electoral. El denunciante enlaza ambos planos, ya que la empresa sancionada es también la adjudicataria del escrutinio.
La palanca de la OSCE
La denuncia añade el «incumplimiento sistemático» de las recomendaciones electorales de la OSCE, sobre las que el mismo firmante ya había requerido al Ministerio del Interior en octubre de 2025 sin obtener respuesta. Entre esas recomendaciones —recogidas en el informe de la OIDDH sobre las elecciones del 23-J— figura reforzar la disuasión frente al uso de los cargos públicos con fines de campaña, junto a otras sobre publicidad de las juntas electorales, identificación en el voto por correo o publicación de resultados por mesa.
Rocafort extiende sus acusaciones a Newtral y sostiene que otros verificadores también están vulnerando la neutralidad electoral, aunque el escrito no detalla en qué consistirían esas vulneraciones. Queda por ver qué hará la JEC.