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Begoña Gómez junto a Pedro Sánchez durante su viaje a China en abril de 2026

Begoña Gómez junto a Pedro Sánchez durante su viaje a China en abril de 2026EFE

Tribunales

El juez Peinado pide a Begoña Gómez que demuestre que viajó a Londres sólo para la graduación de su hija

El magistrado instructor de la causa de la mujer de Pedro Sánchez ha dado un plazo «improrrogable de cinco días» para que «acredite» que el uso transitorio del pasaporte se correspondió con el permiso solicitado

El juez instructor de la causa penal que se cierne sobre Begoña Gómez, acusada de un total de cuatro delitos, quiere que la mujer del presidente del Gobierno demuestre que no ha incurrido en un posible nuevo ilícito de «quebrantamiento de medida cautelar», tras retirar durante unas horas su pasaporte, depositado judicialmente. Así las cosas y, según la resolución del magistrado Juan Carlos Peinado a la que ha tenido acceso El Debate, Begoña ha sido requerida para que «acredite» que viajó a Londres, capital del Reino Unido, «únicamente», con motivo de asistir a la graduación de su hija.

No en vano, cabe recordar que el juez sustituto de Peinado, Antonio Viejo, denegó a Gómez la posibilidad de acceder al documento oficial para acompañar a su marido, Pedro Sánchez, a la cumbre de la OTAN que, la semana pasada, se celebró en Ankara, la capital de Turquía, pero accedió a reintegrárselo «transitoriamente», por unas horas, entre el 8 y el 10 de julio, para que pudiese acompañar a su hija Ainhoa Sánchez durante su acto académico en Bristol.

Sin embargo, en la providencia dictada por Peinado se pone de manifiesto que la excepción concedida a la acusada, sobre la que pesan medidas preventivas, entre ellas, la prohibición de abandonar el territorio nacional y la obligación de acudir a firmar en sede judicial cada quince días, es precisamente una excepción aislada. De esta manera, «en el plazo improrrogable de cinco días», Begoña tendrá que probar que «la disponibilidad del pasaporte objeto de retirada y que se le entregó el pasado día 8 de julio de 2026 ha sido hecho uso del mismo para el concreto fin para el que se dejó sin efecto» la negativa a disponer de él de forma permanente.

De lo contrario, el juez advierte de que podría considerarse que Begoña incumplió las medidas cautelares impuestas, en primer término, para minimizar el riesgo de fuga antes de la celebración del juicio. Si bien la Audiencia Provincial de Madrid (APM) todavía tiene que resolver un total de nueve recursos que tendrán una incidencia directa en el futuro del procedimiento.

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