Varias personas durante el recuento del voto CERA en el Palacio de Justicia de Bilbao
El INE admite a cinco semanas del 29-N que no puede identificar a los votantes de la ley de nietos afectados por el Supremo
La Oficina del Censo Electoral acaba de reconocer ante la JEC, en respuesta a una denuncia de Iustitia Europa sobre la trazabilidad integral del elector, que depende de los datos de Exteriores para aplicar las cautelares judiciales. El PP advierte de que Albares está al borde del banquillo por insumisión e Interior afirma también que el DNI digital sin QR que introdujo en las elecciones no es seguro
La Oficina del Censo Electoral (OCE) acaba de reconocer oficialmente, a cinco semanas de las elecciones generales del 29 de noviembre, que no puede identificar por sí misma a los electores nacionalizados por la ley de nietos cuyos efectos electorales ha ordenado suspender el Tribunal Supremo. El organismo dependiente del Instituto Nacional de Estadística (INE) admite que desconoce por qué procedimiento adquirieron la nacionalidad española los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) y que ha tenido que reclamar esa información al Ministerio de Asuntos Exteriores, dirigido por José Manuel Albares.
La revelación se produce en respuesta a la denuncia presentada ante la Junta Electoral Central por Iustitia Europa, formación presidida por el abogado Luis María Pardo, a finales de agosto, en la que exigía investigar la trazabilidad integral del elector y las garantías de seguridad de todo el proceso electoral, basada en las investigaciones de El Debate. Su escrito, que dio lugar al expediente 209/365, reclamaba conocer y fiscalizar la cadena completa que conecta la adquisición de la nacionalidad española con su inscripción en el Registro Civil, el alta consular, la incorporación al Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE) y al CERA, la adscripción a una circunscripción electoral y los sistemas digitales de identificación utilizados para ejercer el voto.
La iniciativa de Pardo iba más allá de las nacionalizaciones de la ley de nietos. También exigía comprobar los mecanismos de identificación digital, la utilización de los números de identificación consular (NICC), la expedición de certificados electrónicos y los controles aplicados al voto por correspondencia. La respuesta de la JEC acaba de poner de manifiesto carencias de información en varios eslabones de esa cadena, tanto en el censo exterior como en la identificación digital del votante.
Los dos informes oficiales, firmados el 20 y 21 de octubre por la subdirectora general de la OCE, María Lourdes Abella Nieva, y la directora general de Política Interior, Carmen López García, respectivamente, fueron trasladados el 22 de octubre a Iustitia Europa por la Junta Electoral Central.
El reconocimiento del INE llega cuarenta días después de que el Alto Tribunal dictara las cautelares, el 10 de septiembre, y ocho días después de que reprochara al Gobierno no haber acreditado su cumplimiento. En su auto del 12 de octubre, los magistrados advirtieron de que la Administración no había facilitado información suficiente sobre los expedientes examinados y clasificados, rechazando que pudiera invocar una imposibilidad material de ejecución derivada de su propia actuación.
La documentación coincide con el burofax remitido por el secretario general del PP, Miguel Tellado, a Carolina de Manueles Álvarez, directora general de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, exigiendo la ejecución de las resoluciones judiciales y advirtiendo de posibles responsabilidades penales de quienes las incumplan, incluidos sus superiores jerárquicos.
La OCE reconoce que no sabe quién entró en el censo por la ley de nietos
El informe de Lourdes Abella explica, en su página 3, apartado 12, que los datos comunicados por los consulados para actualizar el CERA no incluyen información sobre el procedimiento por el que cada elector adquirió la nacionalidad española ni sobre la causa de su alta en el Registro de Matrícula Consular.
Por tanto, admite que «no dispone de información que permita identificar específicamente» a quienes adquirieron la nacionalidad al amparo de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática y posteriormente fueron inscritos en el CERA, ni determinar su provincia y municipio de inscripción electoral.
La Oficina añade textualmente:
«La Oficina del Censo Electoral ha solicitado al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación la información correspondiente, en cumplimiento de lo requerido por el Tribunal Supremo en los autos dictados en la pieza de medidas cautelares, habiéndose comenzado a recibir información».
No indica cuándo solicitó los datos, cuándo llegó la primera remesa ni cuántos electores estaban ya identificados el 20 de octubre. Tampoco proporciona un calendario para completar el trabajo.
Carolina de Manueles ya había aportado las cifras el 17 de septiembre
La respuesta de la OCE adquiere especial relevancia al confrontarla con la documentación aportada anteriormente por el Gobierno al procedimiento judicial. Carolina de Manueles firmó el 17 de septiembre un informe de Exteriores, con datos cerrados a 31 de agosto, que contabilizaba 369.017 nacionalidades concedidas mediante los distintos anexos de la ley de nietos: 168.896 correspondientes al anexo I, 1.090 al anexo II, 195.872 al anexo III y 3.159 al anexo IV. El mismo documento recogía 231.667 expedientes aprobados pendientes de inscripción y 644.152 todavía pendientes de resolución.
Estas magnitudes no equivalen a electores incorporados al CERA. La adquisición de la nacionalidad y la inscripción electoral son procedimientos distintos. Precisamente ahí aparece el problema: Exteriores dispone de información sobre los expedientes de nacionalidad, mientras la Oficina del Censo reconoce que no recibe ordinariamente el dato que permite identificar por qué vía adquirió la nacionalidad cada elector. La ejecución de las cautelares exige cruzar ambos registros y nadie lo está haciendo.
El campo censal creado el 18 de septiembre
La documentación técnica examinada en el procedimiento sitúa el 18 de septiembre la incorporación de una nueva variable en la posición 632 del fichero CERA, destinada a distinguir tres situaciones: electores con certificación individualizada de exilio, afectados sin esa certificación y el resto de inscripciones. El mecanismo permitía registrar la clasificación exigida por el Supremo. Sin embargo, más de un mes después, la OCE reconoce que depende de los datos remitidos por Exteriores para identificar a los afectados.
Crear una variable informática no significa disponer de la información necesaria para cumplimentarla. La cuestión es cuántos registros se habían clasificado efectivamente, con qué documentación y desde qué fecha. El informe sigue sin proporcionar esas cifras.
El burofax del PP: Albares al borde de la insumisión
Miguel Tellado acusa en su requerimiento al departamento de Exteriores de mantener una conducta «pasiva y obstruccionista» que, a juicio de los populares, podría conducir a la «desobediencia efectiva» de las resoluciones judiciales. El PP reclama que se remita a la OCE el desglose de los nacionalizados afectados, que se expidan las certificaciones consulares correspondientes a quienes acrediten el exilio y que se cumplan las obligaciones de publicidad de los autos.
La formación fijó el hoy como fecha límite para recibir una respuesta escrita, ante el comienzo, el día 24, del envío de documentación electoral a los residentes en el extranjero. La Abogacía del Estado ha manejado en el procedimiento la cifra de 163.020 electores CERA vinculados a la vía de nacionalidad examinada judicialmente. Esa cantidad no significa que todos hayan obtenido irregularmente la nacionalidad ni que carezcan del derecho a acreditar la excepción prevista por el Supremo.
Exteriores niega estar desobedeciendo al Supremo y sostiene que sus consulados están empleando los medios disponibles para aplicar las cautelares. Albares reconoció, no obstante, que resultaría muy difícil completar a tiempo la comprobación de los expedientes. El ministerio ha comunicado que 48 oficinas consulares habían completado total o parcialmente los trabajos de revisión, aunque no ha precisado en esa comunicación cuántos electores habían quedado definitivamente clasificados.
La responsabilidad administrativa de Albares resulta especialmente relevante porque su departamento dirige la red consular encargada de custodiar los expedientes de nacionalidad y transmitir la información que alimenta el censo exterior.
El INE tampoco alertó a la Junta Electoral del crecimiento extraordinario del CERA
El informe de Lourdes Abella contiene otro reconocimiento de especial trascendencia que ya denunció este periódico. La Oficina del Censo admite que no comunicó a la JEC los incrementos del CERA como alteraciones significativas y no justificadas conforme al artículo 30.c) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Su explicación es que considera justificado el crecimiento por la Ley de Memoria Democrática y su normativa de desarrollo y aplicación.
La contradicción es significativa: la misma Oficina que atribuye el aumento del censo a la ley de nietos reconoce que no puede identificar individualmente qué electores adquirieron la nacionalidad mediante esa vía. Entre las generales de julio de 2023 y julio de 2026, el CERA aumentó en 408.262 electores, hasta alcanzar los 2.736.522 inscritos. Los nuevos anexos de la OCE contabilizan 287.402 altas brutas desde abril de 2025 hasta septiembre de 2026, de las cuales 67.709 corresponden a Madrid, el 23,6 %. La Oficina tampoco aporta en esta respuesta los informes técnicos que sustentaron su conclusión de que no procedía comunicar esas variaciones.
Más de 3.500 duplicidades y 23.000 cambios de municipio
Los anexos aportan otras dos cifras relevantes: 3.569 bajas por duplicado y 23.010 cambios de municipio de inscripción electoral durante el período analizado. Las bajas por duplicado pasaron de 909 en el tramo de 2025 a 2.660 en 2026. La Oficina no explica las causas de esa diferencia ni cuántos cambios de municipio implicaron un traslado entre provincias. La cuestión tiene relevancia electoral porque la provincia de adscripción determina dónde se computa el voto del CERA en las generales. Estos movimientos deben responder a criterios documentados y verificables.
Casi medio millón de cartas electorales devueltas
En las elecciones europeas del 9 de junio de 2024 se registraron 476.153 cartas devueltas correspondientes a documentación electoral del CERA, según la página 4 del informe. La OCE explica que Correos recopila las devoluciones y sus motivos, que posteriormente se trasladan a Exteriores para que los consulados realicen las comprobaciones y depuraciones que procedan. Sin embargo, no aporta el desglose de las causas ni cuántas devoluciones dieron lugar finalmente a correcciones censales. La cifra no equivale a electores ficticios o inscripciones fraudulentas, pero revela un volumen de incidencias postales cuyo tratamiento administrativo debe poder reconstruirse.
La Policía confirma que el DNI digital sin verificar el QR no sirve para identificar al votante
La documentación trasladada por la Junta Electoral a Iustitia Europa incorpora también un informe firmado el 21 de octubre por Carmen López García, directora general de Política Interior, que incluye una respuesta de la Policía Nacional. La Policía establece que la identificación formal mediante miDNI requiere verificar un código QR temporal generado y firmado por la propia Policía Nacional.
Y añade expresamente: «La carátula de la aplicación donde aparecen datos de identidad, es solo a título informativo para su titular y no es válida para la identificación formal, siendo el único medio válido la lectura del código QR».
La propia Policía confirma así que la simple exhibición de la pantalla de miDNI no constituye una identificación formal válida. Carmen López García reconoce que Interior está adoptando medidas para dotar a las mesas electorales de dispositivos capaces de leer ese código en las generales del 29 de noviembre. El informe no explica qué información técnica facilitó Interior a la Junta Electoral cuando defendió anteriormente la admisión de aplicaciones digitales para identificar a los votantes.
La afirmación policial se refiere específicamente a miDNI y no demuestra por sí sola que todas las versiones anteriores de miDGT presentaran idénticas características técnicas. Pero obliga a contrastar las explicaciones actuales de Interior con las remitidas a la JEC durante los procesos electorales anteriores.
La Junta Electoral se limita a trasladar los informes
La JEC, en su acuerdo del 22 de octubre, se limita a remitir a Iustitia Europa los informes de la Oficina del Censo y de Política Interior, sin ofrecer un balance actualizado de los electores afectados por las cautelares. La controversia continúa también ante el Tribunal Constitucional, después de que el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, recurriera las restricciones cautelares al sufragio.
El Gobierno defiende el derecho de voto de los nacionalizados y asegura que está aplicando las resoluciones. Vox, Iustitia Europa y el PP reclaman que se garantice la legalidad de las inscripciones afectadas. La documentación oficial deja una pregunta concreta para Albares: cuándo remitió los datos exigidos, cuántos expedientes ha entregado y qué información permite acreditar que los electores afectados están correctamente identificados antes del 29 de noviembre.