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26 de abril de 2024

Miguel Diaz Canel (Iz) y Raúl Castro (D) durante un evento del régimen cubano

Miguel Diaz Canel (Iz) y Raúl Castro (D) durante un evento del régimen cubanoYamil Lage / AFP

Exclusiva

Así estrangula el castrismo la libertad religiosa en Cuba

El Debate accede en exclusiva al informe de la asociación Prisoners Defenders

El escaso espacio de la libertad religiosa en la Cuba comunista se reduce a pasos agigantados: es la principal conclusión que se desprende del informe elaborado por Prisoners Defenders y al que ha tenido acceso este diario.
Titulado «Reforma constitucional y libertad religiosa en Cuba», es el complemento a un trabajo de la Comisión Norteamericana sobre Libertad Religiosa Internacional, presentado ayer a sus miembros.
Precisión terminológica: por «reforma constitucional», los autores del informe, encabezados por el abogado Javier Larrondo, aluden a la nueva Carta Magna cubana, promulgada en 2019 por las autoridades comunistas, y que sustituye a la de 1976.
El informe destaca que el nuevo texto elimina la protección legal de las instituciones religiosas al eliminar la frase, «La ley regula las relaciones del Estado con las instituciones religiosas». Esta supresión amplía la capacidad represiva de las autoridades.
Y se añade al hecho de que la Constitución no es siempre la norma superior, pues los derechos en ella incluidos –y en Cuba son pocos– solo son válidos «salvo por orden expresa de la autoridad competente». Que, por supuesto, no tiene límites.
La actividad religiosa está completamente supeditada al Oficina de Asuntos Religiosos (O.aa.rr.), directamente dependiente, a su vez, del Comité Central del Partido Comunista de Cuba, «fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado».
Es dentro de ese marco jurídico restringido que operan las cuatro confesiones (católica, protestante, musulmana y yoruba) protagonistas del informe.
Larrondo y su equipo han procedido en dos etapas: una primera de entrevistas personalizadas a 15 líderes religiosos, y una segunda de recolección de declaraciones de otros 56.
De estos últimos, el 84 % piensa que el derecho a la libertad religiosa está limitado por leyes, normas y restricciones de facto. Para un 79 % no resultan protegidos por la nueva Constitución.
Unas opiniones demoledoras e inevitables si se tiene en cuenta el sutil a la par que implacable sistema represivo aplicado por la O.aa.rr.

Entidades exprofeso para controlar

La O.aa.rr emponzoña el funcionamiento de las confesiones creando entidades ex profeso para controlarlas mejor.

​​Bien lo sabe, por ejemplo, el imán Hasán Abdul Gafur (Ernesto Silveira Cabrera), fundador en los ochenta de la Liga Islámica de Cuba, entidad que intentó registrar durante años.

Al final, fue el Estado quien la creó, nombrándole vicepresidente a sus espaldas. A día de hoy, la Liga Islámica está fuertemente controlada por la Seguridad del Estado.

​Lo mismo cabe decir del Consejo de Iglesias -que agrupa a las confesiones protestantes sometidas al régimen- y a la Asociación Cultural Yoruba. El 100 % de los clérigos de esta última confesión asegura que la asociación suplanta la voz de sus verdaderos jefes.

Un círculo represivo y un limbo jurídico

La represión a las iglesias protestantes no incorporadas al Consejo de las Iglesias acaece por medio de una presión agobiante a sus jerarcas para que expulsen a un pastor «díscolo». Si no es suficiente, se le encarcela. Es lo que pasó al pastor Ramón Rigal.
El informe concluye igualmente que la Iglesia Católica, por su representatividad, ha padecido últimamente algo menos de represión. «No obstante», apunta el informe, «sufre una represión intolerable que se permite en gran medida por factores como el miedo y la desesperanza de que nada pueda cambiar».
Entre los reprimidos destacan varios sacerdotes: el camagüeyano Fernando Gálvez optó por el exilio tras sufrir acoso y con un obispo que terminó cediendo a las presiones estatales.
También por falta de medios: un sacerdote cubano de visita en España en fechas recientes confesó a este diario que en Cuba no había exorcistas y ni canonistas, cargos esenciales para el funcionamiento de cualquier diócesis.
El círculo represivo se extiende por la imposibilidad de construir nuevos templos, una medida que afecta de modo especial a los musulmanes. Además, la O.aa.rr. cierra los ya existentes cuando lo desean: así ocurrió con la Mezquita de La Habana Vieja durante la visita de Barack Obama en 2016.
Un círculo que se completa con un limbo jurídico: el régimen se niega a reconocer a cualquier congregación religiosa independiente que no lo estuviera antes de 1959 –año del triunfo del castrismo– y se niega a dotarles de entidad jurídica propia.

Glosario de la represión en Cuba

Agentes de opinión: su misión es sembrar rumores para destruir la reputación del religioso. Esto ocurre incluso cuando el religioso no es crítico siquiera. Estos Agentes de Opinión son civiles con la misión de recabar opiniones en los barrios y también transmitir rumores. Los rumores van desde crear la falsa idea de que el religioso ha cometido algún delito común, hasta que ha cometido pederastia, dependiendo de cómo se quiera dañar la imagen del religioso y detener su crecimiento de popularidad. El régimen ataca la popularidad de cualquier religioso y no admite otros líderes que no sean los del partido comunista.

Aislamiento de la congregación: cuando un religioso, además, se muestra crítico o rebelde contra el sistema impuesto, el primer paso es aislarlo. Además de ejecutar represión directa contra él, inmediatamente la O.aa.rr empezará a afectar la vida de toda la Congregación mediante la prohibición de supuestos derechos ya adquiridos, paralización de obras, limitación de la capacidad de viajar o de recibir religiosos en la isla, o cualquier efecto que haga que el jerarca se enfrente al pastor, o el Obispo al sacerdote. Esto sólo se paraliza cuando el Pastor cede a la Seguridad del Estado.

Cierre de salidas, para lo cual emplea la O.aa.rr el cabildeo con el resto de los concilios para que no reciban al expulsado de la otra Congregación, avisando de los problemas y las represalias que sufriría la nueva Congregación en caso de acogerle.

Encarcelación o expatriación forzosa: si el líder religioso prosigue en su actitud «contrarrevolucionaria» el siguiente paso es la fabricación de falsos delitos y el encausamiento penal. Todo ello acaba llevando a la cárcel o a la expatriación forzosa.

Represión: una vez que el religioso está aislado de la congregación y se ha disminuido su arraigo en la población, se han creado las condiciones para reprimir con más fuerza al pastor: detenciones, amenazas, incluso con efectos contra los hijos y allegados.

Encarcelación o expatriación forzosa: si el líder religioso prosigue en su actitud «contrarrevolucionaria» el siguiente paso es la fabricación de falsos delitos y el encausamiento penal. Todo ello acaba llevándolo a la cárcel o a la expatriación forzosa.
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