Imagen de la Guardia Civil dirigiendo el tráfico

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Motor y seguridad vial

Esta es la multa que pueden ponerte por hurgarte la nariz en el coche

Aunque el Código de Circulación no lo recoge como tal, tanto este hábito como escupir por la ventanilla son perfectamente punibles

Hurgarse la nariz es una de las actividades más habituales para miles de conductores en el mundo. Un pasatiempo más frecuente en hombres y, especialmente, mientras esperan que el semáforo cambie de color para volver a ponerse en movimiento.
Es lo que vulgarmente conocemos como sacarse los mocos. Un hábito que más allá de su aspecto jocoso, puede calificarse como una distracción al volante y, como tal, perfectamente sancionable por los agentes de la autoridad, ya sean guardias civiles o policías locales.

Sacarse un moco acarrea multa

Hurgarse en las fosas nasales en busca de algún tipo de detritus pegajoso supone una pérdida de atención más que obvia hacia la conducción. Con lo cual, y en aplicación del Artículo 18 del Reglamento General de Circulación, se trata de una acción que puede ser sancionable con 80 euros e incluso con 200 euros si nos aplican la multa por «conducir sin la diligencia, precaución y no distracción necesarios para evitar todo daño propio y ajeno», a lo que habría que sumar dos puntos del carné.
Por el momento la sanción aplica sólo al conductor

Por el momento la sanción por hurgarse la nariz se aplica sólo al conductor

Pero un paso más allá en mala educación e higiene, el gesto habitual para algunos de escupir por la ventanilla puede acarrear sanciones más graves de las que pensamos.

Escupir por la ventanilla

Por un lado escupir por la ventanilla puede ser considerado por el agente como una falta de atención a la conducción, la multa que explicábamos anteriormente y que acarrea una sanción de 200 euros y dos puntos.
Pero además la infracción por tirar objetos por la ventanilla está también castigada con una multa de hasta 200 euros y la retirada de cuatro puntos del carne.
Todo ello sin olvidar que la sanción por escupir en la calle está perfectamente tipificada en la Ordenanza de Limpieza. En este caso, la multa puede puede ir de 300 a 1.500 euros en caso de que escupamos u orinemos sobre un edificio público o en una zona muy concurrida.
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