Fundado en 1910

Cartas al director

El derecho a la vida

Por parte del gobierno se quiere introducir una reforma de la Constitución, a partir de incluir un añadido en el artículo 43, el 4 , con la siguiente redacción:

«Se reconoce el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo. El ejercicio de este derecho, en todo caso, será garantizado por los poderes públicos, asegurando su prestación en condiciones de igualdad efectiva, así como la protección de los derechos fundamentales de las mujeres».

Vamos a ver, este artículo no sería un derecho fundamental, porque no está dentro de la sección segunda del capítulo 1 del Título 1 de la Constitución, que abarca los artículos 14 al 29. Precisamente, de prosperar esta reforma, chocará con el contenido del derecho «fundamental» a la vida del artículo 15, que dice claramente «Todos tienen derecho a la vida». El Tribunal Constitucional, en su primera sentencia sobre la reforma del aborto, ya afirmó que en el «todos» se protege también al nasciturus, es decir, al concebido aún no nacido, aunque las tres primeras excepciones de la Ley que reformó el Código Penal, despenalizando la interrupción voluntaria del embarazo, o sea, por violación, peligro de la salud física y psíquica de la madre o malformaciones del feto, estuvieran justificadas. Después, ya con Rodríguez Zapatero, se amplió con una ley de plazos, avalado por el mismo Tribunal Constitucional.

Ahora bien, el artículo 15 sigue reconociendo al nasciturus como sujeto de protección, esperanza de vida de un ser humano, aunque no haya adquirido la condición de 'persona' hasta su nacimiento y viabilidad, en los términos del Código Civil.

Por otra parte, el artículo 43 de la Constitución, está en el capítulo 3, de la misma sección y Título 1, como uno de los «principios rectores de la política económica y social», no como un derecho fundamental. De este modo, su reforma constitucional, no sería de la más reforzada del artículo 168, que sí equipara la del artículo 15 a una revisión total y, por lo mismo, unos requisitos mucho más exigentes, por la naturaleza jurídica esencial y fundamental del derecho a la vida de todos.

Realmente, este gobierno quiere, una vez más, introducir un «nuevo derecho» por la puerta de atrás, ignorando la preeminencia formal y material del derecho a la vida. Con el informe de un Consejo de Estado también compuesto por juristas de la cuerda política de este gobierno. Es apuntalar un tema de un enorme calado ético y no sólo jurídico, para beneficio de los grupos abortistas y aumentar su caudal de votos «progresistas», y todo ello tan perverso como bien estudiado con fines propagandísticos.

De todas formas, la vía leve de reforma constitucional del artículo 167, exige, a la postre una mayoría de 2/3 del Congreso que, con el reparto de escaños, necesitaría el apoyo del PP, algo que sería imposible, salvo que desee su hariquiri ante su propio electorado conservador, y renunciar a sus valores y principios.

Julio José Elías Baturones

Más cartas al director

tracking

Compartir

Herramientas