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19 de abril de 2024

Un agente de la Guardia Civil le pide la documentación al conductor de un vehículo durante un control

Un agente de la Guardia Civil le pide la documentación al conductor de un vehículo durante un controlEuropa Press

Tráfico

¿A qué velocidad se podrá adelantar en 2022? Los cambios más importantes de la ley de tráfico

Ya no será posible adelantar a 110 kilómetros por hora en una vía convencional de 90

Semáforo en verde. La Comisión de Interior de la Cámara Baja ha aprobado, con competencia legislativa plena, la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad, tras la votación de las enmiendas del texto redactado por el Senado.
Ante esto, Vox, Ciudadanos, PNV, ECR y Plural presentaron enmiendas para que se permitiese rebasar esta velocidad en caso de adelantamiento, pero la enmienda presentada por el PSOE para eliminar el margen de velocidad ha concluido en el Proyecto de Ley. Ha recibido 153 votos a favor.

¿A qué velocidad se puede adelantar ahora?

«Se suprime la posibilidad que tienen los turismos y las motocicletas de rebasar en 20 kilómetros por hora los límites genéricos de velocidad fijados para las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquellas. La eliminación de esta posibilidad es el último aspecto importante que queda para que la adecuación de los límites de velocidad en las carreteras convencionales sea real, después de la reforma que ha equiparado los límites de velocidad de las carreteras convencionales españolas (90 km/h) a los que se están estableciendo en la Unión Europea y que implica un significativo avance para reducir la siniestralidad en este tipo de vías», explica el texto aprobado por el Senado.
Por ello, ya no será posible adelantar a 110 kilómetros por hora en una vía convencional de 90. Esta norma de reducción de la velocidad se encuentra en todos los países de la Unión Europea con la finalidad de reducir el riesgo de adelantamientos.

200 euros y 6 puntos por conducir con el móvil

Aumenta la reducción de tres a seis puntos de carnet si se lleva el móvil en la mano o si se usa mientras se está dentro del vehículo. Además, se sancionará, eliminando seis puntos del carnet, a aquellas personas que arrojen objetos a la vía, que entorpezcan la circulación, o  pongan en riesgo a los ciclistas por no dejar la separación de 1,5 kilómetros de distancia.
Una de las novedades, que también eliminará seis puntos será el uso indebido del cinturón de seguridad, la mala utilización del sistema de retención infantil u otros elementos de protección en los vehículos.

Los patinetes eléctricos, con casco y fuera de las aceras

La norma también castigará a los conductores de patinetes que circulen por las aceras y no lleven casco. Los menores no podrán usar los patinetes si han ingerido la mínima tasa de alcohol.

Detección de radares

La nueva ley también considera grave el uso de aparatos que detecten los radares de las carreteras. La sanción será de 500 euros y tres puntos menos de carnet.
Además, la DGT ha implementado un nuevo radar, denominados radares cascada, que detectará a aquellos vehículos que frenen antes del mismo y aceleren al pasarlo

Cómo recuperar puntos del carnet y dónde mirarlos

  • Con el paso del tiempo. Es la forma más fácil de recuperar puntos no siendo sancionados durante dos años. Si la pérdida de puntos se debe a una infracción muy grave se deben esperar tres años.
  • Hacer un curso corto. Si no se quiere esperar se deberá hacer un curso de sensibilización y reducción vial de 12 horas. En el curso se podrán recuperar de tres a seis puntos y se puede cursar una vez al año si no se es nobel
  • Hacer un curso más largo y una prueba teórica. A través de la realización de un curso de sensibilización y reeducación vial de 24 horas podrás conseguir la recuperación total de tu permiso. No obstante, si se ha perdido el permiso de conducción se deberá esperar tres meses hasta que se pueda volver a conducir.

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