Animales
Multas de la nueva Ley de Protección Animal: hacer esto con una mascota te puede costar de 600 a 600.000 euros
Las multas previstas actualmente van de los 600 a los 600.000 euros y castigan desde la cría particular al abandono o la compraventa en tiendas
Se aprueba la primera Ley de Protección Animal
¿Cuáles son las multas de la Ley de Protección Animal?
Infracciones leves (de 600 a 30.000 EUROS)
- Mantener de manera permanente a los animales en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares.
- Privarlos de compañía en el caso de los animales gregarios.
- Mantenerlos atados o dejarlos deambular por espacios públicos sin supervisión.
- Dejar a lo s animales dentro de vehículos cerrados, expuestos a condiciones meteorológicas que puedan hacer peligrar su vida.
- Llevar animales atados a vehículos a motor en marcha.
- Dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante tres días consecutivos. En el caso de perros, este plazo no podrá ser superior a 24 horas.
- No adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada de los animales de compañía. Respecto a esto, animales que se mantengan o tengan acceso al exterior de las viviendas y puedan tener contacto no controlado con otros animales deberán estar esterilizados. En el caso de que en una misma vivienda o ubicación haya animales de la misma especie y distintos sexos, al menos todos los miembros de uno de los sexos deben estar esterilizados.
Infracciones graves (de 30.001 a 100.000 EUROS)
- Matar o provocar al animal secuelas permanentes graves de manera imprudente.
- No cumplir las obligaciones de identificación del animal.
- La cría, comercio y exposición con fines comerciales por criadores no autorizados y en tiendas de animales, excepto los peces.
- La administración de sustancias que perjudiquen a los animales o alteren su comportamiento.
- El uso de animales en actividades culturales y festivas sin contemplar las previsiones de cuidado que contempla la ley, así como el empleo de animales en atracciones mecánicas, carruseles de feria y fauna silvestre en espectáculos circenses.
- Abandonar al animal.
- Practicar al animal mutilaciones o modificaciones corporales no autorizadas.
- Utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción.
- Criar animales silvestres exóticos, así como comerciar con ellos, excepto en los casos previstos en la ley.
- El envío de animales vivos por correo o mensajería, excepto a través de entidades dedicadas únicamente al transporte profesional de animales.
Infracciones muy graves (de 100.001 a 600.000 EUROS)
- Matar a un animal o causarle secuelas permanentes graves de forma intencionada.
- El sacrificio no autorizado de animales.
- La eutanasia de animales con medios inadecuados o por personal no cualificado.
- El adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas con otros animales o personas.
- El uso de animales de compañía para consumo humano o de otros animales.
- El aprovechamiento cinegético de gatos comunitarios.
- Alimentar a los animales con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los oportunos controles sanitario.