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25 de abril de 2024

Con la nueva ley, las menores de edad podrán abortar sin consentimiento al mismo tiempo que tienen prohibidas otras muchas actividades

Con la nueva ley, las menores de edad podrán abortar sin consentimiento al mismo tiempo que tienen prohibidas otras muchas actividadesPaula Andrade

Ley del aborto

Lo que las menores de 18 tienen prohibido hacer mientras se les permite abortar

La nueva ley elimina el consentimiento informado de los progenitores con el objetivo de «acabar con los obstáculos que las mujeres siguen encontrando» para interrumpir el embarazo

El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes a la ley del aborto impulsada por Irene Montero que facilita, como nunca antes se había visto, la interrupción del embarazo. Pero si hay un punto especialmente polémico es el relativo a las menores de edad, ya que las chicas de 16 y 17 años –incluso aquellas con alguna discapacidad– no necesitarán consentimiento paterno.
Explicaba Montero en la rueda de prensa posterior al Consejo que esta nueva ley «permitirá que las mujeres con discapacidad y mayores de 16 años aborten sin el consentimiento de los padres». El Gobierno iba más allá en su perfil de Twitter asegurando que esta nueva norma «acabará con los obstáculos que las mujeres siguen encontrando para acceder al aborto».
Con «obstáculos» el Ejecutivo se refiere al consentimiento informado de los progenitores en aquellos casos de menores de edad, así como la eliminación del periodo de reflexión de tres días incluido en la ley anterior.
La ley del aborto de 2010 establecía que, para las mujeres de 16 y 17 años, «el consentimiento para la interrupción voluntaria del embarazo les corresponde exclusivamente a ellas de acuerdo con el régimen general aplicable a las mujeres mayores de edad». Este artículo fue suprimido en la ley de 2015 «para reforzar la protección de las menores y mujeres con capacidad modificada judicialmente en la interrupción voluntaria del embarazo».
Esta nueva modificación ofrece, de hecho, la posibilidad de que las mujeres de 16 y 17 años tomen de manera unilateral una decisión drástica. Para otro tipo de derechos es fundamental la autorización de los padres si no está directamente prohibido.

«Responsable de todos los actos»

De acuerdo con el artículo 12 de la Constitución española, la mayoría de edad se establece en los 18 años ya que entonces «se obtiene plena capacidad para realizar actos jurídicos válidos y ser responsables de los mismos».
«Es decir, se puede votar y ser votado, firmar cualquier tipo de contrato, comprar o vender cosas, ejercer acciones jurídicas, ser titular de negocios, etc. En consecuencia, ser responsable personalmente de las consecuencias de todos los actos», explica la sinopsis del artículo.
Bajo esta premisa, el ordenamiento jurídico limita o protege las capacidades de los menores en varios supuestos. Uno de los ejemplos más significativos es el sufragio. La ley electoral solo permite el voto a los españoles mayores de edad, algo que grupos como Podemos, ERC o Más País han intentado cambiar sin éxito en los últimos años ya que se han encontrado el rechazo de la mayoría del Congreso.

Trabajo con limitaciones

A partir de los 16 años está permitido trabajar, aunque hasta los 18 necesitarán la autorización de los progenitores. Tampoco pueden realizar trabajo nocturno, ni horas extraordinarias, además de una serie de limitaciones más concretas fruto de esa minoría de edad.

Matrimonio con dispensa

En 2015 se aumentó la edad mínima para contraer matrimonio a los 16 años, aunque los menores de edad necesitan una dispensa judicial o una declaración de emancipación.

Centros de internamiento

Tampoco veremos a un menor de 18 años en prisión. De 14 a 17 años, un menor puede ir a un centro de internamiento en función del delito cometido y solo ingresará propiamente en la cárcel cuando cumpla la mayoría de edad.

Nada de turismos

Aunque a partir de los 16 años se pueden conducir ciertos ciclomotores y motocicletas, en España no se permite obtener el permiso de clase B –el que permite conducir turismos– hasta la mayoría de edad.

Prohibida la venta de alcohol y tabaco

Desde hace varios años se prohíbe la venta de alcohol y tabaco a menores de 18 años, aunque su consumo no está penado. Sí hay sanciones por beber en la vía pública, independientemente de la edad. Tampoco está permitida la entrada de menores en ciertos establecimientos en ellos que se facilite el consumo de bebidas alcohólicas salvo en actuaciones en directo, en los que podrán acceder acompañados de sus progenitores.

Viajar solos al extranjero

Los menores de 18 años que vayan a viajar al extranjero sin estar acompañados de sus progenitores deberán formalizar ante la Policía Nacional o la Guardia Civil un documento con el consentimiento de ambos padres. Además, uno de ellos tendrá que presentarse junto al menor en el momento de la presentación del escrito.
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