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Incendio en Burgohondo, Ávila

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Provocar un incendio forestal en España puede costarte años de cárcel: estas son las penas que contempla ley

El Código Penal regula este tipo de delitos entre los artículos 351 y 358 bis

Un verano más, España vuelve a luchar contra numerosos incendios forestales. Desde principios de año las llamas han afectado a 186.544 hectáreas, una cifra superior a la de 2025, según el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico. Detrás de muchos de estos graves focos vuelve a ser el mismo el que origina los humos: el ser humano, ya sea de forma intencionada o involuntaria. Pero ¿qué pena reciben aquellas personas que originan un incendio forestal? ¿Van a la cárcel?

En primer lugar, es importante saber que el Código Penal no castiga a «todo tipo de incendio», sino sólo aquellos que son un riesgo para la salud humana y el medio natural, informa en su web Esteban Abogados Penalistas. Así, apunta que para juzgar y castigar a alguien por un fuego, lo primero que se debe hacer es estudiar bien el caso.

Lo primero conviene aclarar queel Código Penal regula los delitos de incendios entre los artículos 351 y 358 bis. En ellos, el documento distingue las penas en función del tipo de incendio provocado, la localización, los daños originados y su finalidad.

El artículo 351 establece que quienes provoquen un incendio que comporte un peligro para la vida o integridad física de las personas, «serán castigados con la pena de prisión de 10 a 20 años». No obstante, los jueces o tribunales pueden imponer una pena inferior si el grado de peligro es menor. También tienen en cuenta las circunstancias de los hechos

Por otra parte, el Código Penal afirma que si el incendio no pone en peligro la vida o integridad física de las personas los hechos se castigarán con la pena de cárcel de uno a tres años.

Cuando el fuego afecte a montes o masas forestales, los responsables de las llamas serán castigados con penas de entre uno y cinco años de prisión y una multa de 12 a 18 meses. Si además del incendio existe riesgo para las personas, la condena puede elevarse hasta la pena más alta (20 años).

El Código Penal también contempla un tipo agravado, con penas de tres a seis años de cárcel y una multa de 18 a 24 meses cuando el incendio alcance especial gravedad. Entre ellas figuran provocar el incendio para obtener un beneficio económico, que las llamas amenacen núcleos de población, afecten a espacios naturales protegidos, destruyan una gran superficie forestal o causen graves daños a la flora, la fauna o al suelo.

La pena más leve se aplicará si al prender fuego a montes o masas forestales las llamas no llegan a propagarse. En este caso, la pena del detenido oscila entre seis meses y un año de prisión un y una multa de seis a 12 meses.

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