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Recién nacido

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Andorra aprueba eximir de responsabilidad a las mujeres que aborten, pero castigará a los médicos que lo practiquen

La modificación no legaliza el aborto y, de hecho, mantiene la penalización de terceros que lo provoquen con el consentimiento de la mujer

El Gobierno de Andorra ha dado luz verde a la reforma del Código Penal que despenaliza a las mujeres que abortan. Así lo ha señalado el Consejo de Ministro del país, que ha aprobado este miércoles el proyecto de ley de modificación del artículo 117 del Código Penal referido a este punto y que también castiga a los médicos que quiten vidas a los fetos.

Según ha explicado el ministro de Relaciones Institucionales, Educación y Universidades, Ladislau Baró, con esta decisión el ejecutivo toma una posición clara: la protección de la vida que establece la Constitución «no puede comportar la criminalización de la mujer», informa el Gobierno en un comunicado.

De hecho, se considera que, ante una situación personal «especialmente compleja», la respuesta del Estado no puede ser el castigo penal, sino «el acompañamiento, la protección y el respeto a la dignidad de la persona».

El nuevo redactado del artículo 117 establece expresamente que «no será punible» la mujer que consienta o solicite su propio aborto, o que colabore a llevarlo a cabo, pero en ningún caso se legaliza la práctica del aborto en el Principado.

De esta forma, se elimina la responsabilidad penal que hasta ahora podía recaer sobre la mujer y se pone fin a una respuesta que el Gobierno considera «desproporcionada» ante una situación de especial vulnerabilidad. De hecho, en opinión del Ejecutivo, el hecho de someter a una sanción penal a una mujer que aborta puede representar «una segunda victimización».

El ministro ha recordado que la modificación es fruto de un proceso de «reflexión y diálogo institucional» y responde a la voluntad política del Gobierno de hacer compatible este avance en los derechos de las mujeres con el sistema institucional andorrano y con la pervivencia del Coprincipado, algo que han criticado algunos ciudadanos.

Penalización de terceros

La modificación no legaliza el aborto y, de hecho, mantiene la penalización de terceros que lo provoquen con el consentimiento de la mujer, lo que conlleva una pena de prisión de tres meses a tres años y la inhabilitación para ejercer cualquier profesión sanitaria por un período de hasta 5 años.

Según el Gobierno, el cambio legislativo abre el camino hacia una política pública más activa de apoyo al embarazo, la crianza y la conciliación, reforzando la responsabilidad de las instituciones de acompañar las personas ante situaciones de vulnerabilidad.

Ahora el texto se entrará a trámite parlamentario por la vía de urgencia y el ministro se ha mostrado convencido que la modificación legislativa podrá aprobarse ante del final de la legislatura.

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