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08 de mayo de 2024

Miquel Iceta Durante su visita al Museo Arqueológico de Sevilla

El ministro de Cultura, Miquel Iceta anuncia su contrato del artista como 'revolucionario'EFE

La revolución del contrato laboral de Iceta para los artistas

El ministro de Cultura ha denominado al primer paquete de medidas del Estatuto del Artista, como una revolución contra la intermitencia y temporalidad laboral

El Gobierno ha dado luz verde hoy al primer paquete de medidas del Estatuto del Artista, una «revolución» que incluye un contrato laboral artístico, de duración determinada, que atiende a las necesidades específicas del sector cultural, que se caracteriza por la «temporalidad y la intermitencia».
Así lo ha calificado el ministro de Cultura y Deporte, Miquel Iceta, tras la celebración del Consejo de Ministros: «Este primer paquete es una revolución y quiero decirlo así, desde 1985 no se había hecho un esfuerzo tan contundente para adaptar nuestra legislación laboral y de seguridad social a la actividad cultural».

Dos novedades

En concreto, este Real Decreto-ley, que modifica el Real Decreto 1435/1985 y entrará en vigor mañana tras su publicación en el BOE, incluye dos novedades: la ampliación de un nuevo modelo contractual «adecuado a la intermitencia del sector» y la extensión de esta medida a los técnicos, que en la regulación actual no estaban contempladas.
«Vamos a intentar que todo lo que estamos haciendo no perjudique a todos lo que tienen una actividad intermitente», ha destacado.
Así, este Real Decreto-ley aprobado hoy en el Consejo de Ministros, y cuyas medidas ya fueron presentadas el pasado 16 de marzo por el ministro Escrivá y el titular de Cultura, genera un nuevo régimen de contratación con una modalidad específica: el contrato laboral artístico, de duración determinada que atiende a las necesidades específicas de un sector que se caracteriza por la temporalidad y la intermitencia de su actividad.

Contrato fijo o discontinuo

También se incorporan la relación laboral especial de las actividades técnicas y auxiliares, «reconociendo los derechos de un colectivo especialmente afectado por la contratación fraudulenta como falsos autónomos».
La nueva norma combate la precariedad y la concatenación de contratos de temporada e impulsa su transformación en indefinidos o de tipo fijo discontinuo adaptados a la realidad de la actividad profesional que se desempeñe.
Asimismo, esta nueva norma permite «modernizar y ampliar» el concepto de actividad artística haciendo referencia a «las actividades culturales en el ámbito de las artes escénicas, audiovisuales y musicales», lo que elimina "el viejo concepto de artistas en espectáculos públicos.
Entre otras novedades, el Gobierno adapta así la legislación a la producción de expresiones artísticas en el entorno web y las nuevas fórmulas de difusión como el streaming, la difusión online o el podcast; y se «combate la precariedad y la concatenación» de contratos de temporada e impulsa su transformación en indefinidos o de tipo fijo discontinuo adaptados a la realidad de la actividad profesional que se desempeñe.
En el ámbito de la Seguridad Social, en el Real Decreto-ley se establece que los profesionales de la cultura quedarán exentos del desincentivo incluido en la reforma laboral para los contratos que duran menos de 30 días, debido a la especial naturaleza de las actividades artística, técnicas y auxiliares en las artes escénicas, la actividad audiovisual y la música, cuyo carácter es más intermitente.
Por último, se mejora el régimen indemnizatorio de estos contratos. Esta cuantía se incrementa a 20 días cuando la duración del contrato exceda de 18 meses.
Desde que Iceta retomó el desarrollo del Estatuto del Artista se han producido 27 reuniones de grupos de trabajo y se han acordado, o están en proceso de negociación, 39 medidas de un total de 57 que contemplaba el informe sobre el Estatuto del Artista aprobado en el Congreso en 2018.
La próxima reunión que mantendrá el ministro para seguir desarrollando medidas será con la ministra de Educación y Formación Profesional, Pilar Alegría
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