Fundado en 1910

28 de marzo de 2024

Declaración de la renta

El 6 de abril comienza el plazo para la renta 2021

Declaración de la Renta 2021 - 2022  La campaña Renta 2021 ya tiene fecha y estos son los requisitos para hacer la declaración

Empieza la carrera para rendir cuentas con Hacienda. Hay muchos condicionantes para declarar o estar exento. Las leyes cambian y hay modificaciones interesantes para ahorrar o para declarar ingresos y no tener que estar pendientes de multas y recargos.

Fechas

La campaña para la presentación de las declaraciones de la renta y el impuesto de patrimonio correspondientes al ejercicio 2021 se extenderá entre el 6 de abril y el 30 de junio, según el calendario disponible en la página web de la Agencia Tributaria.
De acuerdo con el calendario del contribuyente, la campaña arranca el 6 de abril, cuando se podrán empezar a presentar las declaraciones de IRPF y patrimonio a través de internet.
Para presentar las declaraciones por teléfono será necesario esperar al 5 de mayo, mientras que la presentación en oficinas comenzará el 1 de junio.
La campaña termina el 30 de junio, último día para presentar la declaración, salvo los contribuyentes con resultado a ingresar que quieran domiciliar el resultado de su liquidación, que tendrán que hacerlo antes del 27 de junio.

Requisitos

La pregunta de todos los años: ¿tengo que hacer la declaración de la renta?

Quienes tienen que presentar renta

  • Los que hayan cobrado 22.000 euros anuales o tengan más de un único pagador en ejercicio. Incluidos ERE y ERTE.
  • Quienes tengan más de un pagador y del segundo haya cobrado 1.500 euros o más.
  • Quienes hayan vendido acciones.
  • Los que hayan vendido un inmueble durante 2021 o lo tengan alquilado.
  • Los que hayan recibido subvenciones o ayudas.

Borrador

Desde el 6 de abril los contribuyentes pueden acceder al borrador de la renta mediante la web o la aplicación de la Agencia Tributaria.
Hay tres formas de acceder al borrador:

Borrador

  • Certificado electrónico o DNI electrónico en el servicio Renta web.
  • Con un número de referencia que deben solicitar a la Agencia Tributaria y la renta de 2020 a mano o un número de cuenta corriente a su nombre.
  • Mediante Cl@ve PIN uno de los servicios más útiles de la administración para acceder a renta, multa o subvenciones.
Ese borrador se puede modificar, consultar o aceptar desde la propia web.

Cita previa

La web de la Agencia Tributaria de momento no recoge el calendario para las citas previas para hacer el IRPF de forma presencial. Se espera que en el mes de junio se abra el plazo para las citas presenciales en las delegaciones.

Atención presencial

  • Por internet en www.agenciatributaria.es
  • A través de la aplicación para teléfonos móviles Agencia Tributaria
  • En los teléfonos 901 22 33 44 y 91 553 00 71, de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas

Vida laboral

Para completar la declaración de la renta o saber si el contribuyente está obligado a presentarla es necesario tener acceso al informe de vida laboral.
Desde la web de la Seguridad Social se puede descargar la información.

Requisitos

  • Certificado electrónico.
  • Usuario y contraseña.
  • Cl@ve PIN.
  • Sin certificado.
  • Vía SMS.

ERE y ERTE

Todos los contribuyentes que durante 2021 hayan recibido una compensación económica por estar inmersos en un ERE o ERTE deberán presentar el IRPF al ser considerado otro pagador al margen de su empresa.
Con carácter general, los contribuyentes tienen que presentar declaración por IRPF cuando sus rendimientos del trabajo superan los 22.000 euros.
Cuando cuentan con dos o más pagadores ese límite se reduce a 14.000 euros si el importe percibido por el segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros.
Comentarios
tracking