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08 de mayo de 2024

Las Letras del Tesoro tienen una tributación específica

Las Letras del Tesoro tienen una tributación específica

Inversión

¿Qué impuestos hay que pagar por comprar Letras del Tesoro?

El importe obtenido en la venta o amortización y el pagado en su compra tiene la consideración de rendimiento de capital mobiliario

La fiebre por la compra de Letras del Tesoro se encuentra con problemas técnicos en la propia web del Tesoro que en los últimos días ha tardado más de lo habitual en ejecutar las órdenes.
Muchos clientes han decidido hacer cola desde primera hora de la mañana en el Banco de España para comprar letras, bonos u obligaciones porque la rentabilidad roza el 3 % cuando las cuentas corrientes apenas llegan al 1 %.
Estas Letras son activos financieros que se emiten al descuento o de rendimiento implícito. Esto hace que la diferencia entre el importe obtenido en la venta o amortización de la letra y el pagado en su compra tenga la consideración de rendimiento de capital mobiliario sujeto al IRPF.
Independientemente del plazo al que compremos las Letras del Tesoro, el rendimiento generado entre el importe de compra y el de venta o amortización se gravará al tipo del 19 % hasta los 6.000 euros. El tramo de la base liquidable entre 6.000 euros y los 50.000 euros tributará al 21 % y el que excede de 50.000 euros tributará al 23 %.
La web del Tesoro informa también de que no existe retención a cuenta sobre dicho rendimiento, cualquiera que sea el perceptor.

Bonos y Obligaciones

Los Bonos y las Obligaciones del Estado que también se compran estos días tiene su propia tributación a la que tendrá que hacer frente en comprador.
En este caso, el importe de los intereses percibidos, también llamado cupón, tiene la consideración de rendimiento de capital mobiliario del ejercicio en que se perciben.
El cupón generado por los Bonos y Obligaciones del Estado tributan al tipo del 19 % hasta los 6.000 euros. El tramo de la base liquidable entre 6.000 euros y los 50.000 euros tributa al 21 % y el tramo que excede de 50.000 euros tributa al 23 %.
La web del Tesoro informa de que sobre este rendimiento se aplica retención a cuenta del IRPF (19 %).
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