Existen determinadas excepciones en las que las pensiones están exentas de tributar por el IRPF
Pensiones
Las pensiones con las que no pagas IRPF
Existen algunas excepciones en las que las pensiones están exentas de tributar
Ser pensionista no significa que se haya dejado de ser contribuyente. De esta forma, los ciudadanos que perciban pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, siguen pagando impuestos y, en concreto, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Las pensiones se consideran, a todos los efectos, rentas procedentes del trabajo, al igual que ocurre con los salarios que se cobran en el ámbito laboral. El artículo 17 de la Ley del IRPF lo deja claro, «Las pensiones y haberes pasivos percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas y demás prestaciones públicas por situaciones de incapacidad, jubilación, accidente, enfermedad, viudedad, o similares, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7 de esta Ley».
En cambio, existen determinadas excepciones en las que las pensiones están exentas de tributar por el IRPF. Estas distinciones que elabora la ley, se refieren a grupos vulnerables o protegidos de forma especial por sus peculiaridades personales.
Exenciones de IRPF
El artículo 7 de la Ley del IRPF, denominado 'Rentas exentas', es el que regula la exenciones de este impuesto para diferentes rentas, incluidos varios tipos de pensiones. Estas son las que se enumeran a continuación:
¿Cómo afecta esto a la Renta?
Las personas que perciban alguna de estas pensiones y hagan la declaración de la Renta deben comprobar su borrador para confirmar que, efectivamente, no se han reflejado esas cantidades en la parte de rendimientos del trabajo.
La Agencia Tributaria ha mencionado en su página web que «sólo está exenta la renta que se califique expresamente como tal en la normativa de IRPF o en otra ley. No se puede invocar la exención fuera de los casos recogidos en las leyes.».