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El teletrabajo cumple otro hito más en su corta historia por buscar su hueco en la sociedad

El teletrabajo cumple otro hito más en su corta historia por buscar su hueco en la sociedad

Empleo

El motivo por el que las empresas pueden despedir a sus teletrabajadores

La monitorización del trabajo genera conflicto desde hace años

El teletrabajo cumple otro hito más en su corta historia por buscar su hueco en la sociedad. Las empresas que no asumen este modelo de trabajo se pueden considerar obsoletas y tener dificultades para encontrar empleados, pero también tienen derechos para que la relación sea beneficiosa para ambas partes.

Modelo mixto

El modelo mixto de acudir a la oficina y quedarse en casa trabajando es lo que se va imponiendo poco a poco. Menos atascos, empleados que pueden conciliar, ahorro en comida… los beneficios son muchos siempre que las empresas noten que ese trabajador da valor y saca trabajado adelante.

El problema llega cuando el rendimiento baja y hay motivos para el despido. Las empresas deben atenerse a la ley para indagar sobre la calidad laboral de un empleado y para eso sirve la monitorización.

El New York Post explica la historia de Suzie Cheikho que durante 18 años había sido una empleada ejemplar en una aseguradora australiana hasta que su empresa decidió entrar en su ordenador para evaluar su trabajo.

Regulación

Ahí fue cuando las pruebas dieron la razón al despido. En 44 de 49 días registrados no trabajó las horas registradas, en 47 comenzó tarde, en 29 salió antes de tiempo y hubo cuatro días en los que no trabajó.

La monitorización está muy regulada por las leyes tanto en España como en Europa. Siempre debe hacerse en ordenadores propiedad de la empresa, aunque hay otras líneas rojas que no deben cruzar.

Caso Bărbulescu

Este precedente se originó en Rumanía y se relaciona con un empleado llamado Bogdan Bărbulescu, cuyo empleador monitoreó sus comunicaciones de correo electrónico en el trabajo. Bărbulescu alegó que su privacidad había sido violada y presentó una queja ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El tribunal dictaminó en contra de Bărbulescu en enero de 2016, argumentando que su empleador tenía derecho a supervisar sus comunicaciones en el trabajo, siempre y cuando se hubiera notificado previamente a los empleados sobre tal supervisión.
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