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19 de mayo de 2024

Entrada de una oficina del SEPE

Entrada de una oficina del SEPEEuropa Press

¿Se puede cobrar el paro si he dejado voluntariamente mi trabajo?

Además de encontrarse en situación legal de desempleo, el SEPE exige una serie de requisitos para poder cobrar la prestación

Para poder cobrar la prestación por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), más conocido como paro, se debe estar en una situación legal de desempleo. Sin embargo, no solo pueden ser beneficiarias las personas que han sido despedidas, ya que existen otros casos en los que también se podría cobrar esta ayuda contributiva.
Asimismo, es posible recibir esta prestación cuando es el trabajador quien decide dejar voluntariamente su trabajo, eso sí, siempre que lo haga por un incumplimiento contractual del empresario. El SEPE en su página web, recoge que estos son los casos en los que permite cobrar el paro.
  • Cuando se produce una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (horario, jornada, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración y cuantía salarial, funciones, o cuando excedan de los límites de la movilidad funcional).
  • Cuando se produce una «falta de pago o retraso continuado del pago del salario, o incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario».
  • Cuando solicitan un traslado del centro de trabajo que exija cambio de residencia. Si desde el trabajo nos pidieran cambiarnos de residencia, también se podría dejar el puesto cobrando paro.
Además de encontrarse en una situación legal de desempleo, el SEPE exige otros requisitos para poder cobrar la prestación. El primero de todos ellos, es que se debe estar disponible para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada, es decir, «un acuerdo de actividad».

Haber cotizado como mínimo 360 días

En este sentido, también se deberá estar afiliado y en situación de alta o asimilada en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo y aparecer inscrito como demandante de empleo. Para poder solicitar el paro, habrá que haber cotizado como mínimo 360 días dentro de los seis años anteriores desde que se perdió el trabajo (y no tener la edad ordinaria para jubilarse).
Finalmente, durante el tiempo que se solicita y se percibe esta ayuda, tampoco será posible trabajar por cuenta propia o ajena a tiempo completo, ni cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo. Dependiendo del número de días que se haya cotizado, la prestación por desempleo se podrá cobrar por más o menos tiempo.
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