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28 de abril de 2024

La declaración de la renta 2023 tiene varias novedades derivadas de los PGE

Tienen hasta el 30 de diciembre de 2023 para proceder a la devolución

Declaración de la Renta

Los contribuyentes que van a recibir un ingreso de Hacienda antes de que acabe el año

Muchos de los contribuyentes ya han recibido su ingreso por parte de la Agencia Tributaria, pero otros todavía no

Los contribuyentes que en el pasado ejercicio tuvieron unos ingresos por encima de los 22.000 euros anuales procedentes de un solo pagador, o recibieron más de 14.000 euros de dos o más pagadores, tuvieron que presentar la declaración de la Renta. De hecho, el plazo para hacerlo finalizó el pasado 30 de junio y pudieron obtener dos resultados: a pagar o a devolver.
Muchos de los contribuyentes que obtuvieron el segundo resultado, ya han recibido su correspondiente ingreso por parte de la Agencia Tributaria, pero otros, aún no lo han recibido. Debido a esta situación, es habitual que se pregunten hasta cuándo deben esperar y si existe un plazo específico para la devolución de la Renta.
En este sentido, desde el momento en el que finalizó la campaña de la Renta, Hacienda dispone de seis meses para ingresar el dinero, por lo que tiene hasta el 30 de diciembre de 2023. Este es el motivo por el que miles de contribuyentes van a recibir un ingreso del Fisco antes de que acabe 2023, ya que es el límite con el que cuentan para ingresar la devolución.
Aun así, existe una excepción, ya que en el caso de que se presentara la declaración de la Renta fuera de plazo, se empezará a contar desde dicho día. Por otro lado, si superan dicho plazo y no han realizado el ingreso, deberán pagar al contribuyente los intereses de demora, que son del 3,75%.

¿Por qué no me han devuelto el dinero?

El primer motivo de ello es cuando se ha detectado un error en la declaración. Aunque, en caso de ser así, Hacienda suele enviar un requerimiento de aclaración o aportación de información. Dicho retraso también puede producirse por la existencia de deudas al contribuyente, ya que el Fisco podría retener la devolución.
Finalmente, desde ‘Autónomos y Emprendedores’ han señalado que otros motivos que pueden ocurrir en este procedimiento.
  • Grandes diferencias respecto a la declaración de años anteriores.
  • Cuando se han producido cambios en los datos del contribuyente.
  • Cuando la cantidad a devolver es muy elevada.
  • Cuando la devolución incluye ingresos atípicos, como los procedentes de viviendas de alquiler turístico.
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