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Este es el dinero que te debe pagar la empresa si sufres un accidente laboral
El primer derecho con el que cuenta un trabajador tras un accidente laboral es la baja médica, durante la cual no trabajará y percibirá una prestación
Los accidentes laborales son una preocupante realidad en el mundo del trabajo. Por ello, conocer los derechos económicos asociados es esencial para cualquier trabajador en España. Cuando ocurre uno, la ley española prevé una serie de compensaciones económicas para mitigar los daños sufridos, las cuales dependen del grado de las lesiones y de las responsabilidades de la empresa.
En este sentido, las indemnizaciones pueden variar desde prestaciones por baja médica hasta pagos específicos por incapacidad temporal o permanente. Además, pueden aplicarse recargos si el accidente ocurrió debido a negligencia del empleado en cuanto a las medidas de seguridad.
El primer derecho con el que cuenta un trabajador tras un accidente laboral es la baja médica, durante la que no trabajará y percibirá una prestación. Además tal y como informa BBVA en su página web, lo que cobra el trabajador estando de baja «depende del tiempo que esté incapacitado a nivel laboral».
Al mismo tiempo, «durante los tres primeros días no existe prestación, sí a partir del cuarto, y hasta el día 20, en los que se le abona el 60% de la base reguladora de su sueldo». Posteriormente, desde «el día 21 en adelante, el asalariado recibe el 75% de la base reguladora».
¿Cuándo se percibe el 100% de la base reguladora?
Por otro lado, en ciertas situaciones, el trabajador tiene derecho a percibir el 100% de la base reguladora durante su incapacidad temporal. Esto depende del tipo de incapacidad y del convenio colectivo aplicable al puesto de trabajo. Para determinar si este es tu caso, es esencial revisar el convenio colectivo que regula tu empleo.
El pago de esta prestación está a cargo de la mutua de accidentes o de la Seguridad Social, dependiendo de las circunstancias. Asimismo, la duración de la misma será hasta que el trabajador sea dado de alta médica o se le reconozca algún grado de incapacidad permanente.
Finalmente, si se determina que el accidente se produjo por la omisión de medidas de seguridad por parte del empleador, el trabajador puede tener derecho a un recargo en las prestaciones, que varía entre el 30% y el 50%. Este recargo es un pago mensual adicional que se suma a las prestaciones de incapacidad y que debe asumir directamente la empresa.